24 de Abril de 2024
Edición 6952 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/04/2024
Protección a la violencia contra los docentes

Multa y cárcel con un felicitado

La Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires aprobó el proyecto de Ley que pena con multas y hasta 60 días de cárcel a quienes agredan a docentes bonaerenses. Comenzará a regir en el próximo ciclo lectivo.

 

En la última sesión del año, la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto que pena con multas económicas y hasta 60 días de cárcel a quienes agredan verbal o físicamente a docentes de la provincia de Buenos Aires. Se el artículo 74bis al Código de Faltas de la provincia, e incluye a docentes y no docentes de establecimientos educativos públicos y privados bonaerenses.

La ley preve arrestos entre 5 y 30 días y/o multas que rondan los $6.000 y $15.000 "a la persona que, invocando un vínculo con el alumno, dentro del establecimiento de gestión pública o privada o en las inmediaciones, hostigue, maltrate, menosprecie o perturbe emocional o intelectualmente a un trabajador de la educación, sea docente o no".

Las penas también contemplan a quienes arrojen "un elemento de cualquier naturaleza" a un trabajador de la educación o "contra un bien de utilidad educativa", con lo que se incluye a los edificios escolares. Las sanciones se duplicarán en caso de que estas acciones sean cometidas frente a otros alumnos.

Juan Pablo Allan, presidente de la Comisión de de Educación del Senado, expresó que "hay una estadística que dice que en el 2015 se registraron 236 agresiones al personal docente, y 7 de ellas fueron con armas. A eso hay que sumar lo que no es denunciado". Agregó que "en lo va que del año escolar ya se detectamos seis casos graves de violencia de padres dentro del ámbito escolar. Sabemos que esta reforma no va a solucionar la cuestión de fondo, pero es una acción concreta para que los maestros se sientan protegidos".

La medida que comenzará a regir en el próximo ciclo lectivo fue elaborado por el gobierno de María Eugenia Vidal a través de la Dirección General de Cultura y Educación con el objetivo de que "quienes sientan la tentación de agredir tengan un freno inhibitorio, que sepa que le puede costar días de arresto o una multa de 6 mil pesos".

 

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486