19 de Abril de 2024
Edición 6949 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/04/2024

Tolerancia cero a la trata de personas

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó una condena de 10 años de prisión para una mujer correntina por explotar sexualmente a menores de edad.

La defensa de la imputada interpuso un recurso extraordinario contra la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes que la condenó a 10 años de prisión, e inhabilitación absoluta por igual tiempo de la condena, por ser coautora penalmente responsable del delito de trata de personas menores de edad, en la modalidad de acogimiento o recepción con fines de explotación sexual, agravado por haberse cometido mediando abuso de la situación de vulnerabilidad y número de víctimas.

Ante ello, los integrantes del Tribunal resaltaron que quedó comprobado que la mujer administraba, junto a su pareja, la whiskería donde se explotaba a las menores de edad a ejercer la prostitución.

Contra el pedido del abogado de la imputada, los jueces expresaron que "no es posible advertir la existencia de cuestión federal que permita la habilitación de la vía prevista por el art. 14 de la ley 48, pues la cuestión debatida involucra un tema de derecho común ajeno a la vía federal ahora intentada y ha sido resuelto, como aquí ocurre, con fundamentos suficientes de igual naturaleza".

En ese sentido, los magistrados recordaron que para que prospere la impugnación con ese respaldo, "es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida, que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual la parte recurrente no ha conseguido acreditar en autos".

Por todo lo expuesto, los camaristas Ana María Figueroa, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky resolvieron declarar inadmisible el recurso extraordinario federal interpuesto.

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