26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Los excesos de los abogados se pagan

El letrado Gregorio Dalbón deberá pagar una multa de $18.000 por infracción a las normas de ética profesional. En el CPACF Se lo acusó de querer obsequiarle a una camarista una cartera con el equivalente al “valor vida” que se reguló en una sentencia y de llamar “pícaras” a tres juezas en un programa de televisión, a las que incluso querelló por dádivas.

El mediático abogado Gregorio Dalbón fue multado por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal por “atacar  el honor” de tres camaristas civiles, a quienes les imputó una conducta delictual en el marco de su actuación en un juicio por daños y perjuicios.

El letrado, actual patrocinante de la ex presidente Cristina Fernández de Kirchner, recibió una sanción de $20.000 por parte de sus colegas, que fue confirmada por la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, aunque redujo el monto a $18.000.

El expediente “Dalbón, Gregorio Jorge c/ Colegio Público de Abogados de la Capital Federal s/ ejercicio de la abogacía – ley 23.187 – art. 47”. Se inició en el año 2009, cuando una de las juezas de la Sala J de la cámara Civil, Beatriz Verón, denunció que Dalbón “manifestó su disconformidad con el resultado de la sentencia que dicha sala había dictado”. El reproche fue original: llevaba consigo una cartera que pretendía obsequiar otra camarista. Zulema Wilde, equivalente a la suma en la que se había estimado el “valor vida” en ese fallo “y una copia de la conocida película ‘Nueve Reinas”.

Según el relato de esa denuncia el letrado dijo que “la sala es una empresa jurídica que trabaja para las grandes compañías de seguros”. La jueza Wilde, tiempo después de abierto el sumario ante el CPACF, inició una nueva denuncia relatando que Dalbón concurrió a un programa televisivo donde “no sólo repitió en varias oportunidades los nombres de las integrantes de la Sala, sino que nos imputó corrupción y connivencia con los grandes estudios jurídicos y las compañías de seguros“.

En el medio de todo, hubo querellas cruzadas. Dalbón inició una causa penal contra las tres integrantes de la Sala J, que fue desestimada en todas las instancias, incluso la Corte suprema. Por el otro lado, una Wilde y Verón querellaron por injurias al letrado.

Ante ese escenario, el Tribunal de Disciplina concluyó que Dalbón cometió infracciones al Código de ética de Abogados con “provocaciones” y desbordes que eran “innecesarias y manifiestamente improcedentes”. Además, se razonó que “las supuestas irregularidades o actos anómalos de la administración pública, no autorizan a utilizar expresiones agraviantes o carentes de estilo profesional”.

Ese fallo, apelado luego por Dalbón, remarcaba que más allá de que el letrado “pudiera o no tener razón en los fundamentos en el que se enmarcaban sus comentarios”, no podía en modo alguno “utilizar un medio de comunicación para hostigar y realizar veladas amenazas a magistrados” y que sus declaraciones televisivas resultaban “ofensivas y contrarias al estilo forense”.

El letrado cuestionó que se lo haya sancionado por sus declaraciones televisivas, a su entender, el extender la jurisdicción del tribunal de disciplina “a la participación de los abogados en un debate público resulta manifiestamente excesivo y ajeno a las facultades asignadas por ley al CPACF y violatorio del derecho a la libertad de expresión”, sin embargo los jueces Clara do Pico, Rodolfo Facio y Carlos Grecco convalidaron la multa.

Los jueces de la Alzada entendieron que las manifestaciones de Dalbón, imputándoles a las juezas la comisión de delitos y expresando que había irregularidades en el marco de la causa “se traducen en una falta de estilo adecuado a la jerarquía que impone el ejercicio de la abogacía”. Además, en contra de la defensa del letrado, los magistrados sostuvieron que sus declaraciones “fueron efectuadas en el ejercicio de la profesión de abogado” porque “tuvieron una relación directa con la causa” en la que intervino como apoderado por la parte actora


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