19 de Abril de 2024
Edición 6949 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/04/2024
Magistratura de la Nación

El Consejo también le bajó el pulgar a Cristina

La Comisión de Disciplina y Acusación desestimó la denuncia de Cristina Kirchner contra los integrantes de la Sala II de la Cámara Federal, quienes ratificaron la continuidad del juez federal Claudio Bonadio al frente de la causa que investiga las operatorias de dólar futuro. También se requirió una batería de medidas de prueba en el expediente contra Eduardo Freiler.

Por:
Rita Lucca
Por:
Rita Lucca

La Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la Magistratura de la Nación, presidida por Adriana Donato, desestimó la denuncia presentada por Cristina Fernández de Kirchner contra los integrantes de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, Horacio Cattani, Eduardo Farah y Martín Irurzun.

En el marco de la causa caratulada “Banco Central de la República Argentina s/ defraudación” la ex mandataria acusó a los jueces de “mal desempeño en sus funciones” en oportunidad de expedirse acerca de la recusación contra Claudio Bonadio.

En su denuncia, Cristina Kirchner relató que “compadeció el 13 de abril a prestar declaración indagatoria ante el juez Claudio Bonadio”, y que en dicha oportunidad "recusó al magistrado”. Específicamente, argumentó que existe una “conocida, evidente y manifiesta enemistad que existe” y recalcó que “pese a la contundencia de las explicaciones brindadas ante la Alzada, tan sólo veinticuatro horas después de llevarse a cabo la audiencia, los jueces resolvieron rechazar la recusación formulada”.

También cuestionó la manera en que fue escrita la resolución, por entender que la misma “ya estaba realizada o por lo menos proyectada desde antes que tuviera lugar la audiencia (…) dando muestra los señores jueces de un grado de arbitrariedad difícil de igualar”.

La ex presidenta concluyó que los jueces actuaron con “un grado de arbitrariedad difícil de igualar”, y calificó de “escándalo jurídico” que hayan “avalado la continuidad” de Bonadio al frente de la causa conocida como “dólar futuro”.

Según el dictamen, al que tuvo acceso Diario Judicial, las “meras discrepancias con los criterios adoptados por los jueces no resultan suficientes para sostener o justificar un proceso sancionatorio y, en menor grado, el de remoción de magistrados”. Así, determinó que "las manifestaciones en cuanto a que el rechazo a la recusación se encontraba previamente redactado, pertenecen a elucubraciones de tinte político que no encuentran asidero en este Consejo de la Magistratura”.

“Las mismas permiten dilucidar un alto grado de disconformidad de la presentante con lo resuelto por los magistrados, que tal y como lo establece el Código de rito, procedieron a resolver en forma fundada dentro del plazo legal estipulado, brindando acabada respuesta a los cuestionamientos que se intentan reproducir en estas actuaciones”, indicó la resolución.

Específicamente, señaló que “no cabe, por la vía del control disciplinario, cercenar el ejercicio de la deliberación y decisión de que deben gozar los jueces en los casos puestos a su conocimiento”, y añadió: “Admitir tal proceder significaría atentar contra la independencia del Poder Judicial en su correcta dimensión, la cual constituye uno de los pilares básicos de nuestra organización institucional”.

De acuerdo al dictamen, “las cuestiones denunciadas no importan conductas que pudieran tipificar una falta disciplinaria”, ya que se cuestiona “el criterio tenido en miras por los magistrados intervinientes para decidir del modo en que lo hicieron y las medidas que para ello utilizaron, cuestiones que se encuentran dentro de sus específicas y privativas facultades de juzgar el asunto llevado a su consideración”.

También insistió en la necesidad de "evitar que se utilice el pedido de sanciones disciplinarias y más aún la amenaza de juicio político, como herramientas para condicionar el ejercicio independiente de la magistratura”, dado que ello “constituiría un avance indebido sobre las tribulaciones constitucionales de los órganos judiciales”.

“Cuando la conducta que se pretende cuestionar es el pronunciamiento de un magistrado en el marco de un proceso, la cuestión plantea un límite concreto: las sentencias judiciales en sí son actos jurídicos producto de la actividad de un órgano jurisdiccional”, sostuvo y remató: “Su validez sólo puede ser cuestionada ante un órgano del mismo ámbito, sin que sean susceptibles de revisión en un juicio que es político”.

Más medidas preliminares contra Freiler

El Consejo de la Magistratura dio un nuevo paso en la investigación contra el integrante de la Sala I de la Cámara Federal, Eduardo Freiler. El camarista se encuentra en la mira del organismo por presuntas inconsistencias patrimoniales en sus declaraciones juradas.

La Comisión resolvió una batería de medidas de pruebas en el marco de la denuncia impulsada por el Colegio de Abogados Ciudad de Buenos Aires. El consejero instructor Pablo Tonelli solicitó copias certificadas de la causa en la que se lo investiga por presunto enriquecimiento ilícito. Cabe recordar que el juez Martínez de Giorgi sobreseseyó a Eduardo Freiler, por considerar que el incremento patrimonial "estaba justificado con su sueldo como camarista".

El Cuerpo también requirió "copias integrales de las declaraciones juradas", junto a las "sumas netas percibidas" por el magistrado. Además, los consejeros ordenaron informes comerciales de entidades como Veraz y Nosis, a fin de determinar su "situación financiera".

"Las pruebas son permitentes, necesarias y juegan en beneficio de la investigación. Debemos determinar si declaró todos los bienes, cuentas e inmuebles", concluyó Tonelli.

Ante las denuncias por mal desempeño, el magistrado justificó su patrimonio y negó todas las acusaciones. "Mi nivel de vida es absolutamente digno, pero está lejos de los lujos", manifestó el camarista al Cuerpo.

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