25 de Abril de 2024
Edición 6953 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/04/2024

Un planteo abstracto contra la Ley de Subrogancias

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró abstracto un reclamo del periodista Vicente Massot contra la decisión del Consejo de la Magistratura de designar al juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, para subrogar el Juzgado Federal de Bahía Blanca, que lleva adelante una causa en su contra.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró abstracto un reclamo del periodista Vicente Massot, dueño del diario La Nueva Provincia e imputado por su presunta participación en la comisión de delitos de lesa humanidad durante la última dictadura militar, en trámite ante el Juzgado Federal de Bahía Blanca N°1, por la designación del magistrado subrogante de ese Juzgado.

El periodista cuestionó la  Resolución Nº 131/2015 del Plenario del Consejo de la Magistratura de la Nación que designó, por mayoría, al juez Alejo Ramos Padilla como subrogante del Juzgado Federal ante el que tramitaba la causa en su contra.

Por ello el accionante inició la causa “Massot, Vicente Gonzalo c/ Consejo  de la Magistratura de la Nación s/ Amparo Ley 16.986” solicitando que se declare la ilegalidad y nulidad de la resolución, que a su juicio era “en flagrante violación” a la Ley de Subrogancias y afectaba la garantía de juez natural, ya que Ramos Padilla es titular del Juzgado Federal de Dolores, “a más de 600 kilómetros de Bahía Blanca”.

A Massot le resultaba “llamativo” el proceder del Consejo, ya que justamente en la jurisdicción federal de Bahía Blanca “no sólo se encuentra en funciones un magistrado con igual competencia, como lo es la Dra. María Gabriela Marrón (actualmente titular del Juzgado Federal Nº 2 de Bahía Blanca)”, sino que también está disponible una lista de conjueces propuesta por el Poder Ejecutivo Nacional, “con expreso acuerdo de la Honorable Cámara de Senadores”.

El fallo de Primera Instancia rechazó parcialmente la acción, por aplicación de la doctrina del fallo “Uriarte”, que declaró la inconstitucionalidad de la Ley de Subrogancias. Por lo que se declaró abstracto “el cuestionamiento efectuado por el actor a la Resolución Nº 131/2015 del Plenario del Consejo de la Magistratura de la Nación”.

Massot apeló el fallo, aclarando que lo que solicitó era que se impidiera a Ramos Padilla entender en la causa penal seguida en su contra “a partir del dictado de la sentencia y de manera inmediata, sin esperar el plazo de tres meses indicado por el Máximo Tribunal en citado caso ‘Uriarte’”.

El accionante consideró que la decisión correcta era “ordenar la inmediata intervención en el caso de la Dra. María Gabriela Marrón, única jueza nombrada conforme los mecanismos constitucionales y que posee jurisdicción y competencia específica en Bahía Blanca”, y no atenerse al plazo genérico de tres meses dispuesto por la Corte, que debería ser analizado de forma particular por la Alzada.

Sin embargo, la cuestión devino en asbtracta, ya que el 31 de diciembre de 2015 el propio Ramos Padilla renunció a la subrogancia y la jueza Marrón fue la que finalmente ocupó la vacante en el Juzgado Federal n°1, debido a una nueva Resolución del  Plenario del Consejo de la Magistratura.

Ante esa circunstancia, la Sala V de la Cámara de Apelaciones, integrada por los jueces Guillermo Treacy y Jorge Alemany, concluyó que el reclamo que dio motivo a la apelación “ha quedado satisfecho en su totalidad, por lo que todo pronunciamiento sobre la cuestión planteada resultaría inoficioso al no decidir un conflicto litigioso actual”.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


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