27 de Marzo de 2024
Edición 6935 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 28/03/2024
Causa Nisman

Y ahora le toca al vecino

En el conflicto de competencia en la causa que investiga la muerte del fiscal Alberto Nisman, la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, opinó que la Corte Suprema "debe analizar los recursos de queja" contra la decisión de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional, que rechazó el envío del expediente a la Justicia Federal.

“A fin de de que la Corte Suprema pueda pronunciarse sobre la cuestión planteada, mantengo la queja interpuesta”. Así se pronunció la procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, en el marco del recurso de queja presentado por el fiscal general ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal, Ricardo Sáenz, para que el Alto Tribunal se expida sobre quién debe investigar la muerte de Alberto Nisman.

De este modo, la titular del Ministerio Público Fiscal no opinó sobre "el fondo de la cuestión", sino que sólo se pronunció a favor de que el caso llegue a la Corte Suprema de Justicia.

En junio, la Cámara Nacional de Casación Penal revocó la decisión de la Cámara del Crimen y declaró la competencia del fuero ordinario de instrucción para continuar interviniendo en el proceso. En su fallo, los jueces consideraron que “no se ha incorporado, hasta la actualidad, elemento de prueba alguno que permita sostener, con fundamento jurídico, que la muerte del fiscal hubiese sido el resultado del accionar de terceras personas y hubiese motivado en el desempeño de sus funciones".

Contra esa decisión, el fiscal general Ricardo Sáenz dedujo un recurso extraordinario, que fue denegado por la Cámara Nacional de Casación y dio lugar al recurso de queja ante el Máximo Tribunal.

En el expediente caratulado “N.N. y otros s/averiguación de delito. Damnificado: Nisman. Alberto y otros”, la Cámara de Casación entendió que “el argumento referente a la gravedad institucional del caso descansa en premisas que derivan de la mera subjetividad del recurrente, sin vínculo con las constancias objetivas del proceso y que, en realidad, reiteran el argumento fáctico sustancial que la parte esgrime en sustento de su pretensión de que la causa tramite en el fuero federal".

No obstante, Sáenz destacó la “gravedad institucional” al tratarse de una “muerte violenta de carácter político -de lo cual no tengo duda- más importante e impactante en la sociedad, de este período democrático ininterrumpido que comenzara en 1983”.

En su presentación, el fiscal resaltó “la calidad de la persona del fiscal Alberto Nisman, y la gravedad institucional que reviste el caso ameritan la apertura de la instancia ante el máximo tribunal para determinar el conflicto de competencia”, y agregó: “Todas las hipótesis de la muerte del fiscal Nisman son claramente de competencia del fuero de excepción”.

“Creemos que esta parte ha demostrado la arbitrariedad del fallo que se recurre, en la medida en que sin ningún argumento que se sustente en las constancias de la causa y en el derecho aplicable, ha frustrado el acceso a la jurisdicción federal”, concluyó.



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