07 de May de 2024
Edición 6959 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 08/05/2024

Ibope seguirá utilizando el sistema people meter para medir el rating

La consultora Ibope, única en el país que mide el encendido televisivo con la metodología de people meter, obtuvo respuesta favorable a un amparo presentado ante la Justicia. Por ello no hará encuestas telefónicas coincidentales para completar su medición, tal como lo había establecido la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.

 
La CNDC había emitido una resolución el pasado 17 de junio en la que establecía 10 días hábiles para que Ibope iniciara la medición de coincidentales, bajo apercibimiento de una multa de 20.000 pesos diarios, pero la decisión judicial dejó en suspenso la resolución del órgano que depende del Ministerio de Economía, por lo que el plazo de 10 días otorgado a Ibope no está corriendo.

Desde que se implementó ésta metodología siempre se registraron diferencias con las obtenidas por consulta telefónica. Mientras que el "people meter" es una aparato del tamaño de un decodificador que se agrega a los televisores de un panel estratificado de 720 hogares, las encuestas coincidentales se realizan a través de llamados telefónicos. Por otra parte, el people meter registra minuto por minuto (con las tandas publicitarias incluidas) la recepción de los mensajes televisivos, mientras que las encuestas telefónicas sólo indican qué canal declara estar viendo la persona consultada en el momento de la encuesta.

El escándalo del rating estalló en setiembre pasado, luego de que algunos programas del canal América divulgaran los resultados de un estudio realizado por la Cámara de Control de Medición de Audiencia (CCMA), que a través de encuestas coincidentales que abarcaron 55.000 hogares mostró fuertes diferencias respecto de los números del rating difundidos por Ibope en perjuicio de América y Canal 13.

A partir de esto, América presentó ante la CNDC una denuncia contra la confiabilidad del sistema de rating implementado por Ibope, que llevó al organismo regulador a emitir una primera resolución en febrero de este año en la cual instaba a Ibope y a la CCMA a implementar encuestas telefónicas coincidentales como forma de contralor el “people meter”. A esta primera resolución siguió una segunda, la del pasado 17 de junio, de carácter perentorio y con multa incluida, que debía entrar en vigencia el viernes último.

Según datos del INDEC, un 25 por ciento de los hogares de Capital y Gran Buenos Aires carecen de línea telefónica, con lo cual las coincidentales dejan fuera de su registro a ese universo, y en consecuencia se incrementa en sus estadísticas el peso relativo de los sectores medios y altos por sobre los de menores ingresos en este tipo de mediciones.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486