24 de Abril de 2024
Edición 6952 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 25/04/2024
Libertad de expresión y calumnias

A indemnizar si no hay fuentes

La Sala I de la Cámara Civil condenó a Jorge Rial y a América TV por una calumnia del periodista contra el ex juez del mismo fuero, Jorge Luis Noro Villagra. La indemnización al ex magistrado superó los 120 mil pesos.

 

La sala I de la Cámara Civil, con las firmas de Oscar Ameal y Claudio Ramos Feijoo, condenó al periodista Jorge Rial y al canal América TV a que indemnice a Jorge Luis Noro Villagra que en 2004 fue mencionado con respecto a una causa que tramitaba en el juzgado de familia del que era titular.

Se trata de la causa “Noro Villagra, Jorge Luis Marcelo Santiago c/ Rial, Jorge Ricardo y otro s/ daños y perjuicios” iniciada luego de que en 2004 en varias emisiones del programa de Rial “Intrusos en la Noche”, se mencionara y se hiciera alusión al accionar del ahora juez jubilado, Noro Villagra, por su actuación en el marco de una causa judicial de la que era parte la actriz Andrea del Boca.

El conductor denuncio que el juez reunía “niños golpeados con padres golpeadores” y que los “hacían hacer una cola como en un campo de concentración”. Además de aseverar que lo intentó “censurar” y “tapar la boca’”. Esto último por haber dictado una prohibición de “publicar cualquier referencia que involucrara aspectos familiares referentes a la intimidad de las partes” de la causa que involucraba a Andrea del Boca y a su ex marido, Hector Ricardo Biasotti, y que tenía que ver con violencia familiar.

En primera instancia se hizo lugar al planteo del magistrado ya que se consideró que el periodista, tuvo dichos “asertivos y sin identificar la fuente” por lo que se genera una responsabilidad en este. Y también del canal en donde se emitía el mencionado programa de televisión.

Luego de que se apelara el fallo de primera instancia, la Cámara confirmó lo decidido ya que consideró que el accionar de Rial “derechamente se dedicó empeñosamente a atentar contra el honor del actor”.

Asimismo, entendieron que “la naturaleza del conflicto mismo al que pretendía aludir el programa televisivo conducido por Rial imponía un tratamiento serio y no amarillista de la cuestión”, consigna la sentencia.

“La difusión de noticias inexactas, la visión parcializada del conflicto, su reducción a mero espectáculo en nada contribuyen al derecho del público que el codemandado invoca como eximente de su responsabilidad”, concluye el fallo.

Por todo ello confirmaron la sentencia de primera instancia y condenaron al conductor y al canal de televisión a que indemnicen al ex juez con 122.590 pesos por los daños y perjuicios que le provocaron Noro Villagra. Esta suma seguramente será más elevada si se le suman los intereses.

 



dju
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