LUNES 08 de Febrero de 2010. Buenos Aires, Argentina.
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Edición del día: MIÉRCOLES 06 de Julio de 20051
Próxima actualización el Martes 09 de Febrero de 2010 18:02
Edición número 2595. Tirada de 72331 ejemplares
 
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Avanza en el Senado el proyecto para limitar el correo basura
Tal como habíamos anticipado, la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión aprobó el dictamen de un proyecto para regular definitivamente en nuestro país el “spam”. Si se convierte en ley, el e-mail quedará equiparado a la correspondencia epistolar y los correos comerciales no solicitados deberán cumplir con ciertas exigencias.


La Comisión, que preside el justicialista Guillermo Raúl Jenefes, logró aprobar este martes un proyecto en común, luego de varias reuniones de asesores, para limitar y regular el correo electrónico no deseado o “spam”, un fenómeno que causa estragos a los cibernautas de todo el mundo, incluidos los argentinos.

De hecho, se calcula que en la actualidad, aproximadamente 14.500 millones de mensajes "spam" son enviados cada día alrededor del mundo. Esa cifra representa más de la mitad de todo el tráfico de correo electrónico, cuando hace apenas tres años representaba sólo el 8%.

Nuestro país no se queda atrás en todo esto. Somos uno de los mayores productores de spam. Según la organización internacional Spamhaus, la Argentina se ubica en el quinto lugar del ranking, después de los Estados Unidos, China, Corea del Sur y Brasil. Sin embargo, aún no tenemos una reglamentación jurídica adecuada para frenar el fenómeno.

Por ello, y de una vez por todas, el Congreso intenta avanzar ahora en la regulación concreta de la red de redes, al menos en este aspecto. Como anticipó en forma exclusiva este medio el martes pasado, se pusieron a consideración de los integrantes de la Comisión tres iniciativas similares: la del senador Guinle, otra de la senadora Curletti, y una presentada por Raúl Jenefes junto a otros legisladores.

La propuesta votada define los contenidos de los correos electrónicos comerciales, que serán aquellos que se transmiten con el fin de hacer de publicidad, comercializar, ofrecer o demandar bienes o servicios; y al correo electrónico comercial no solicitado o spam. Este último será definido como todo correo electrónico comercial dirigido a un receptor con quien el emisor no tiene una relación comercial o personal existente o transmitido sin que medie un pedido expreso del receptor o sin su previo y expreso consentimiento. Quienes incumplan esas reglas deberán pagar multas de 3000 a 8000 mil pesos.

Pero también, el proyecto equipara al correo electrónico con la correspondencia epistolar, “a los efectos legales de resguardar su inviolabilidad”, y determina el uso de las casillas laborales que pueden hacer los empleadores. “Cuando la dirección de correo electrónico sea provista por el empleador para uso del empleado, se deberá notificar fehacientemente la política respecto del acceso y uso del correo electrónico en el lugar de trabajo”, rezaba el proyecto de Jenefes.

En cambio, la iniciativa de Guinle iba más allá en este sentido al decir que “cuando una casilla de correo electrónico sea provista por el empleador al trabajador para su utilización, en el marco de una relación laboral, se entenderá que la titularidad de la misma y su contenido le pertenecen al empleador, a excepción de los mensajes, documentos, archivos o información remitida al trabajador o enviada por él a título personal”.

La recepción de correo electrónico comercial no solicitado genera una serie de inconvenientes para el receptor, quien no puede negarse a aceptar el mensaje y de ese modo incurre en gastos. Asimismo disminuye la utilidad del correo electrónico y genera el riesgo de que los correos electrónicos deseados, tanto comerciales como no comerciales, se pierdan, se pasen por alto o se eliminen en medio de un gran volumen de mensajes no deseados, reduciendo así la confianza y utilidad del correo electrónico para el receptor.

Por ello, la propuesta aprobada establece también que los correos deberán "exhibir en forma sencilla, clara y completa" los datos del emisor, una descripción del contenido, "un aviso del que el receptor pueda declinar la recepción de otros correos" y "una dirección" válida para rechazar nuevos envíos.

Por último, la iniciativa parlamentaria estipula las obligaciones de las empresas proveedores de Internet, que, entre otras cosas, deberán cancelar, de forma inmediata, el servicio prestado a todo cliente que envíe correo electrónico en infracción a la presente ley e impedir la transmisión de más de 500 correos electrónicos en un día o de 150 en una hora desde una misma dirección de Correo Electrónico.

Dju  
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