17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Primer revés para el juicio político

El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n°9 la demanda por falso testimonio contra el juez Sebastián Ramos. El fallo consideró que lo aportado como pruebas son, en realidad, filtraciones que no pueden ser admitidas como taled. 

En la causa “RAMOS Sebastián Roberto s/falso testimonio. Denunciante Gaillard Ana Carolina y otro”, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n°9 rechazó la denuncia por falso testimonio contra el juez Sebastián Ramos, impulsada por el oficialismo a través de la comisión de Juicio Político de Diputados.

En la demanda, los miembros del Frente de Todos que integran la comisión aseguraron que Ramos falseó información para ocultar su relación con el ex ministro de seguridad porteño, Marcelo D´Alessandro. 

 

El juez avaló lo dicho por el fiscal Guillermo Marijuan en el dictamen que aseguró que las "supuestas conversaciones que se han publicado en medios de comunicación, sobre cuyo origen lícito nada se indica en la noticia ni en la denuncia".

 

 

Con la firma de Sebastian Casanello, el fallo destacó que "corresponde mencionar que el principio acusatorio, como sistema procesal que salvaguarda la imparcialidad del Juzgador, exige que la investigación sea impulsada por un órgano distinto e independiente al Poder Judicial, estableciéndose en la carta magna que dicha función será llevada adelante por el Ministerio Público, “órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, que tiene por función promover la actuación de la justicia”".

El juez avaló lo dicho por el fiscal Guillermo Marijuan en el dictamen que aseguró que las "supuestas conversaciones que se han publicado en medios de comunicación, sobre cuyo origen lícito nada se indica en la noticia ni en la denuncia".

La fiscalía entendió que las pruebas, en realidad, se tratan de filtraciones "de las que no se desprenden que hayan sido aportadas por las personas que aparecerían intercambiando comunicaciones, ni mencionan ninguna referencia efectuada a su respecto por el Juez Sebastián Ramos ni por Marcelo D'Alessandro y por ende, no pueden ser incorporadas como prueba en ningún proceso penal sin dañar las bases constitucionales fundamentales que rigen su desarrollo".

"Para poder afirmar que el Dr. Ramos ha negado una verdad, debiera darse por cierto que el Juez guarda con Marcelo D'Alessandro un vínculo que él considera sistemático y no lo que se pueda inferir o concluir a partir de la existencia de unas supuestas conversaciones de Whatsapp que fueran publicadas con prescindencia de la legalidad de su adquisición”, dijo Marijuan.

Finalmente, Casanello resolvió que "en el presente caso se hallan satisfechos toda vez que el Fiscal ha arribado a una de las soluciones previstas en el ordenamiento legal, a través de un razonamiento lógico derivado del examen de las constancias que obran en el expediente".

 

 

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