17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
Agredida por su orientación sexual

Testigo de la discriminación

Tres policía cordobeses fueron condenados por los delitos de vejaciones agravadas y lesiones leves calificadas por abuso de sus funciones. Fue en perjuicio de una mujer que había ido a declarar como testigo en una comisaría.

Tres agentes policías fueron condenados por agredir a una testigo por su orientación sexual en una comisaría. Así lo resolvió la Cámara de Competencia Múltiple de Deán Funes en los autos “CJ.D. y otras p.ss.aa Privación ilegítima de la libertad personal calificada”.

De este modo, el tribunal cordobés condenó a tres policías por los delitos de vejaciones agravadas y lesiones leves calificadas por abuso de sus funciones en perjuicio de una mujer que había ido a declarar como testigo en una comisaría en el norte provincial.

La pena se agravó por las “connotaciones discriminatorias” que tuvo el ataque, ya que las agresiones en contra de la víctima incluyeron permanentes referencias a su orientación sexual.

Un comisario y una agente fueron condenados a dos años y seis meses de prisión condicional e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos policiales por el término de cinco años. En tanto, un sargento ayudante recibió la pena de dos años de prisión condicional e inhabilitación especial para ejercer de cargos policiales por cuatro años.

Las agresiones se produjeron en la sede de una comisaría del norte provincial, según se desprende de la causa. La víctima había concurrido a esa dependencia policial a prestar declaración como testigo en el marco de una denuncia presentada por su pareja.

En la comisaría recibió términos humillantes y degradantes en razón de su orientación sexual, pero la situación se agravó cuando la golpearon contra la pared y le propinaron patadas y rodillazos en distintas partes de su cuerpo.

La víctima fue esposada y, luego de hacerla revisar en el hospital local, la introdujeron en el calabozo, donde estuvo algunas horas hasta que recuperó su libertad por directivas del Ministerio Público Fiscal.

 

En este escenario, el camarista Horacio Ruiz destacó que la víctima “ha mantenido a lo largo del proceso un discurso, en lo medular, coherente y sin fisuras” y que, además, ofreció detalles sumamente precisos en cuanto a las agresiones y maltratos sufridos.

 

Una de las pruebas centrales valoradas por el tribunal para dictar la condena fueron los mensajes autoincriminatorios de uno de los imputados, quien envió a través del teléfono celular a personas de su confianza inmediatamente después del hecho y reconoció parcialmente la conducta.

En este escenario, el camarista Horacio Ruiz destacó que la víctima “ha mantenido a lo largo del proceso un discurso, en lo medular, coherente y sin fisuras” y que, además, ofreció detalles sumamente precisos en cuanto a las agresiones y maltratos sufridos.

“Pretender un relato perfecto e impoluto, exento de cualquier olvido o descalificar su credibilidad por inconsistencias en aspectos secundarios de su versión –tal como deslizan los defensores– supondría atentar contra las reglas de la sana crítica racional, soslayando la situación traumática que vivió, la condición de vulnerabilidad en que se encuentra y –fundamentalmente– el tiempo trascurrido entre el hecho y su última declaración en el debate (más de cinco años)”, concluyó.



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