08 de May de 2024
Edición 6961 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 09/05/2024
Multa del 35% de sus haberes

A pagar la sanción, su Señoría

La Corte Suprema confirmó una sanción disciplinaria contra el camarista Juan Carlos Gemignani por la detención “arbitraria” de la secretaria María Amelia Expucci. 

La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso interpuesto por el camarista Juan Carlos Gemignani contra la resolución del Consejo de la Magistratura de la Nación que le impuso una sanción disciplinaria –multa equivalente al 35% de sus haberes, por única vez- por la detención “arbitraria” de la secretaria María Amelia Expucci. 

Todo comenzó en 2016, cuando la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN) denunció al juez de la Cámara Federal de Casación Penal y solicitó su inmediata suspensión y remoción por la causal de mal desempeño. Los hechos denunciados sucedieron durante el receso judicial de invierno, luego de que el juez ordenara la detención e incomunicación de María Amelia Expucci, quien se desempeñaba como secretaria de la Sala de Feria. 

Según consta en el expediente, Gemignani le requirió la realización de un inventario del contenido de unas cajas que estaban en la sala de audiencias de la Cámara, pero Expucci le respondió que fue designada secretaria de Feria para cuestiones jurisdiccionales.  

Ante ello, el juez le ordenó a dos policías la detención de la funcionaria, quien fue incomunicada y trasladada a una garita ubicada en las cocheras de la parte posterior del edificio de Comodoro Py. Minutos más tarde, el juez Martínez De Giorgi ordenó su inmediata libertad. 

 

“Sin perjuicio de ello, no se advierte que el órgano sancionador haya valorado errónea ni arbitrariamente la voluminosa prueba producida en las actuaciones bajo examen, toda vez que la conducta incriminada al recurrente denota una extralimitación del mismo en el modo como ejerció sus facultades, frente a la negativa de la funcionaria afectada a dar cumplimiento a su orden”, concluyó el máximo tribunal tras analizar el recurso.

 

Expucci denunció a Gemignani por "privación agravada de la libertad". La fiscal Paloma Ochoa encuadró los hechos en el delito previsto en el artículo 144 bis, inciso 1 del Código Penal, que reprime la conducta del “funcionario público que con abuso de sus funciones o sin las formalidades prescriptas por la ley, privase alguno de su libertad”. 

Gemignani recusó a la fiscal y pidió su sobreseimiento. En julio de 2018, la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal, con el voto de los camaristas Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens, lo sobreseyó.

“Sin perjuicio de ello, no se advierte que el órgano sancionador haya valorado errónea ni arbitrariamente la voluminosa prueba producida en las actuaciones bajo examen, toda vez que la conducta incriminada al recurrente denota una extralimitación del mismo en el modo como ejerció sus facultades, frente a la negativa de la funcionaria afectada a dar cumplimiento a su orden”, concluyó el máximo tribunal tras analizar el recurso.

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