17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
La iniciativa ingresó a Diputados

La abogacía unida contra las sucesiones notariales

Los colegios y entidades que agrupan a los matriculados se unieron en rechazo contra el proyecto de "sucesiones notariales" y apuntaron contra la Federación de Escribanos Públicos. Denuncian la privatización del derecho sucesorio y un ataque a las incumbencias profesionales.

A lo largo y ancho del país las críticas al proyecto de “sucesiones notariales” se replicaron en los diferentes colegios y entidades que agrupan a los matriculados. Es que el proyecto, impulsado por el diputado Francisco Sánchez, les quita incumbencias a los abogados al desplazar la función jurisdiccional en favor de los escribanos, lo que generó el enojo y desconecto del sector, tal como lo adelantó Diario Judicial.

Las principales críticas giran en torno a las potestades que se le otorgan al notariado. “Toda sucesión requiere de las garantías del debido proceso y el juez natural que solo otorgan los órganos judiciales quienes deben velar por la seguridad jurídica que ese proceso requiere por los intereses en juego”, sostuvo la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA).

Por su parte, el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta advirtió que la propuesta legislativa "afecta la seguridad jurídica", ya que también “se eludirían las vistas obligadas de los organismos que efectúan el control de legalidad (Ministerio Público Fiscal y Fiscalía de Estado), privando además de la posibilidad de litigar sin gastos a las personas carentes de recursos”.

También se pronunció la Comisión de Incumbencias del Colegio de Abogados de Córdoba Capital, mediante un comunicado en el que destacó el “derecho de asistencia técnica letrada” que “solo la puede brindar un abogado/a con una matrícula habilitante”.

“Permitir que los notarios ejerzan actividades de notariado propiamente dicha y a la vez la que pretenden “sucesiones extrajudiales” es una clara superposición del ejercicio profesional , pretendiendo hacerlo con una sola habilitación profesional, la del Colegio de escribanos de la provincia del país de que se tratara implica una intervención inconstitucional al ejercicio profesional de la abogacía matriculada en cada provincia del país , podemos ver claramente que no es lícita la pretensión del proyecto (…), por el contrario es un avance y un menoscabo al ejercicio profesional y a nuestras Incumbencias profesionales”.

 

El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), presidido por Ricardo Gil Lavedra, también hizo público su rechazo, señalando que "La potestad jurisdiccional es exclusiva de los jueces designados de acuerdo a la Constitución Nacional, y de ningún modo puede ser delegada”.

 

Apuntaron, además, contra el Consejo Federal del Notariado Argentino, al entender que pretende “apartar de su expreso ámbito de labor abogadil en determinadas actividades que le son propias y exclusivas”. Vale destacar que –hasta ahora- ninguno de los 24 colegios de escribanos del país ni el Consejo Federal del Notariado se pronunciaron sobre el texto.

“El proceso sucesorio no resulta ser un simple acto de notoriedad, es un reconocimiento jurisdiccional, y como tal, competente al Poder Judicial, motivo por el cual, dicha facultad jurisdiccional no puede ni debe ser delegada a los particulares, lo que acarrea la violación flagrante de normas de raigambre constitucional”, añadió la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba (FE.CA.COR).

El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF), presidido por Ricardo Gil Lavedra, también hizo público su rechazo, señalando que "La potestad jurisdiccional es exclusiva de los jueces designados de acuerdo a la Constitución Nacional, y de ningún modo puede ser delegada”.

En tanto, el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER) directamente habló de "privatización" de las sucesiones, mientras que el Colegio de la Abogacía de La Plata a su turno emitió una declaración sumando, además, los dictámenes realizados por los Institutos de Derecho de Familia e Incumbencias Profesionales de la institución.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486