26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024
En resoluciones internas hasta sentencias

A los justiciables con lenguaje claro

El STJ de La Pampa aprobó una serie de pautas para la redacción de textos en lenguaje claro en el ámbito del Poder Judicial. Recomendaciones sobre la utilización de estilos, uso de latinismos y expresiones en otros idiomas.

A través del acuerdo 3846, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia de La Pampa aprobó una serie de pautas para la redacción de textos en lenguaje claro en el ámbito del Poder Judicial.

Estas disposiciones deberán ser aplicadas en los “trámites administrativos y jurisdiccionales; las comunicaciones internas y las que se realicen con fines de difusión a través de medios escritos, audiovisuales y redes sociales; en cartelería y ceremonial; y en los formularios escritos y virtuales en los que se registren solicitudes o inscripciones”.

De este modo, los jueces Hugo Oscar Díaz, Elena Victoria Fresco, Fabricio Luis Losi, José Roberto Sapa y Eduardo Fernández Mendía avalaron las denominadas “Pautas para la redacción de textos en lenguaje claro”, como también dispusieron que se organicen capacitaciones en la materia para los judiciales.

La guía busca “dotar a los operadores judiciales de herramientas que fomenten el uso de un lenguaje claro, y no discriminatorio, en la elaboración de las resoluciones judiciales, en la convicción de que la utilización de estilos de redacción y argumentación simples y ordenados, facilitan el análisis, comprensión y revisión de los actos del Poder Judicial”.

Y añadieron: "El lenguaje claro se presenta como una manera de comunicación destinada a que los usuarios del servicio de justicia comprendan integralmente las decisiones judiciales, a través de una información precisa, útil y de fácil comprensión".

 

“Así como la complejidad de la terminología no asegura solvencia, debe abandonarse la idea de que una sentencia o resolución es más o mejor fundada cuanto más larga sea”, concluyó el Alto Tribunal pampeano.

 

Para los ministros, “el lenguaje claro permite comunicar a los destinatarios de la información, lo que necesitan saber de una forma directa y sencilla y con una estructura gramatical simple”. Para ello se tuvieron en cuenta, como precedentes, el Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial, las Reglas de Brasilia sobre el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, y las recientemente aprobada “Guía de referencia para la redacción de sentencias y resoluciones del fuero penal”

Estas pautas, según explicaron, son orientativas y abarcan a las palabras, las oraciones, los estilos y las estructuras; y su cumplimiento “contribuirá a la seguridad jurídica, a reducir ambigüedades y errores de interpretación, y aportará a la transparencia”. Entre otras cuestiones, las oraciones deberán ser más cortas, con estilo neutro y no autoritario.

“Así como la complejidad de la terminología no asegura solvencia, debe abandonarse la idea de que una sentencia o resolución es más o mejor fundada cuanto más larga sea”, concluyó el Alto Tribunal pampeano.

Asimismo se establece la necesidad de "revisar el uso de palabras y construcciones que no resultan de fácil comprensión y que pueden omitirse o suplirse por un lenguaje claro y directo", como así también el uso de latinismos y expresiones en otros idiomas.

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