29 de Abril de 2024
Edición 6955 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/04/2024
Sigue la polémica contra la reforma procesal

Recursos contra el nuevo recurso

El CPACF decidió interponer una acción contra la creación de una nueva instancia de apelación ante el Superior Tribunal porteño. Piden suspender de forma inmediata su aplicación.

El Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) decidió judicializar la ley aprobada por la Legislatura porteña que permite al Tribunal Superior de Justicia local revisar las sentencias de la Justicia Nacional, como tribunal de alzada.

La acción cuenta con la firma del presidente de la entidad, Eduardo Awad. También se presentó otra demanda de amparo por parte de la Organización de Abogados "Gente de Derecho" con similar pretensión de obtener la tacha de inconstitucionalidad.

La presentación señala que la ley 6452 viola el orden jurídico constitucional y vulnera lo “dispuesto por los artículos 1, 5, 18, 31, 75, inc. 30 y 129 de la Constitución Nacional, al quebrantarse principios constitucionales superiores, tales como el respeto al juez natural, el derecho de defensa y el debido proceso, pudiendo generar, además, una severa crisis institucional al avanzar sobre materias que pertenecen, de manera exclusiva, al Congreso de la Nación”.

Como medida cautelar, la entidad también solicita que se suspenda en forma inmediata la aplicación de los artículos 4 y 7 de la ley, manteniendo el régimen vigente dispuesto por la Ley 48; el Decreto-Ley 1285/58; el art. 8 de la Ley 24.588, en el marco del art. 129 de la Constitución Nacional; y el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.

 

Se trata del primer planteo judicial contra la normativa que generó también rechazo y duras críticas por parte de la Asociación de Magistrados y las entidades gremiales.

 

“Por lo dicho, la decisión del caso excede notoriamente el interés de las partes y se proyecta no solamente sobre el interés de todo el universo de jueces, abogados y justiciables, sino sobre el interés general en preservar el sistema republicano de gobierno y los principios y garantías consagrados por la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales por ella incorporados”, continúa.

Y añade: “Las palmarias inconstitucionalidades de la ley atacada, nos hacen transitar por un sendero que podría implicar un gravísimo precedente que vulneraría de manera crucial la característica de rigidez que ostenta nuestra Carta Magna, más allá de todas sus reformas, desde 1853”.

Se trata del primer planteo judicial contra la normativa que generó también rechazo y duras críticas por parte de la Asociación de Magistrados y las entidades gremiales.

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