31 de May de 2024
Edición 6978 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/06/2024
Fallo en favor de un trabajador del sector gas

El Asbesto es cosa seria

Una ART deberá abonar 7 millones de pesos por las consecuencias a la salud que sufrió un trabajador al exponerse al amianto/asbesto. Así lo confirmó la Cámara de Apelaciones de Neuquén.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén confirmó que una ART deberá pagar un resarcimiento millonario por la exposición de un trabajador al amianto/asbesto.

En el caso, la sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda iniciada por el trabajador -luego continuada por sus sucesores- condenando a Experta ART S.A. a abonarles la suma de $ 7.175.816,34 con más los intereses determinados.

El hombre trabajaba para Transportadora de Gas del Sur S.A. donde, según consta en la causa, desarrolló tareas expuesto a riesgos constantes y permanentes durante su permanencia en la empresa. La sentencia de grado consideró que estuvo expuesto a amianto/asbesto al desarrollar sus tareas “sin la protección adecuada y que como consecuencia de ello sufrió una patología neoplásica” que se encuadra como enfermedad profesional listada.

 

Esta misma línea siguió el Tribunal de Alzada al coincidir que la exposición del trabajador al amianto/asbesto cuando desarrollaba sus tareas –y sin la protección adecuada- "guarda relación causal de la patología detectada – mesotilenoma pleural- y que por ello la aseguradora debe responder".

 

Para así decidir, el juez sostuvo que la ART “no aportó al expediente documentación que demostrara la preexistencia de la afección del actor, ni que fuera controvertida la exposición del trabajador al agente de riesgo”.

Esta misma línea siguió el Tribunal de Alzada al coincidir que la exposición del trabajador al amianto/asbesto cuando desarrollaba sus tareas –y sin la protección adecuada- "guarda relación causal de la patología detectada – mesotilenoma pleural- y que por ello la aseguradora debe responder".

Los camaristas explicaron que Experta ART “no acreditó haber realizado oportunamente inspecciones y/o solicitado algún informe para evaluar la peligrosidad de la actividad que desarrollaba su asegurada, ni tampoco la de los materiales que empleaba a fin de evaluar correctamente los riesgos asumidos”. Advirtieron, asimismo, que tampoco se probó la entrega de seguridad para que los dependientes de aquélla pudieran manipular el amianto.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Resolución publicada en el Boletín Oficial
La ART te cubre en tu casa
Otro fallo que critica al fuero Laboral
No culpen de todo a las ART

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486