17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
Día internacional contra la trata de personas

Más de un siglo de lucha

Se cumplen hoy 107 años de la sanción de la Ley 9.143, creada en 1913 e impulsada por Alfredo Palacios, para que “desaparezca la prostitución forzosa y el tráfico que realizan los miserables”. Actualmente, Argentina cuenta con una fiscalía especializada en este tipo de delito.

Conocida como la "Ley Palacios", en homenaje a su impulsor, el diputado Alfredo Palacios, cumple hoy 107 años la Ley 9.143, sancionada el 23 de septiembre de 1913, que busca proteger y combatir a las mujeres y menores víctimas de trata.

El texto original buscaba sancionar a quienes "promuevan o faciliten la prostitución o corrupción de menores de edad para satisfacer deseos ajenos" y escalas penales mayores si las víctimas tenían entre 12 y 18 años y menos de 12. La pena máxima se estipulaba en 15 años de prisión y "esta última pena será aplicable, prescindiendo del número de años de la víctima, si mediare violencia, amenaza, abuso de autoridad o cualquier otro medio de intimidación, como también si el autor fuese ascendiente, marido, hermano o hermana, tutor o persona encargada de su educación o guarda, en cuyo caso traerá aparejada la pérdida de la patria potestad, del poder marital, de la tutela o de la ciudadanía en su caso".

La ley 9.143 fue la primera en el mundo en penar la trata de personas con fines de explotación sexual y en brindar protección a las personas menores de edad frente a ese delito. 

La normativa estableció que quienes regentearan prostíbulos serían considerados autores o coautores del delito, salvo prueba en contrario. Indicó también que los delitos "podrán ser acusados o simplemente denunciados por cualquier persona del pueblo y también perseguidos de oficio por denuncia de cualquier sociedad de beneficencia".

Para ello, "las autoridades, marítimas, policiales, municipales y judiciales deberán prestar su auxilio cuando fuese requerido por cualquiera del pueblo o por las asociaciones ya expresadas, con el objeto de constatar la existencia del delito o para substraer inmediatamente a la víctima a los efectos del mismo, o aprehender a los delincuentes".

Actualmente, la Ley 26.364 es la norma vigente que tiene por objeto implementar medidas para prevenir y sancionar la trata de personas, asistir y proteger a sus víctimas. Dicha legislación, creó el Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas que coordina el diseño y la planificación de la política pública en materia de prevención, persecución y asistencia a las personas damnificadas.

Según las estadísticas de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), se dictaron 305 sentencias en el país en los últimos once años sólo por casos de trata con fines de explotación sexual. De todas ellas, 225 resoluciones fueron condenatorias por el delito de trata sexual, y 45 fueron condenatorias por delitos conexos. Las condenas recayeron sobre 565 personas imputadas: 359 hombres, 204 mujeres y 2 personas trans.

De acuerdo con el contenido de aquellas resoluciones, el 98 por ciento de las personas damnificadas fueron mujeres, es decir, 1106 víctimas. Al menos 120 eran menores de edad, esto es un 10,1 por ciento.

La PROTEX detalló que “todas las sentencias condenatorias que se dicten por el delito de trata de personas con finalidad de explotación sexual pero también con finalidad laboral o cualquier otra finalidad, contengan una restitución económica a las víctimas”, pues “de esta forma se está reconociendo que los explotadores obtienen una ganancia”.

“Esto viene a restablecer el orden de las cosas y a evitar que haya un enriquecimiento ilícito por parte de las personas que cometen estos actos de explotación", agregaron.

 

 

 


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