17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

La jubilación en los tiempos de cólera

La media sanción express de Diputados al proyecto de modificación del régimen jubilatorio del Poder Judicial sigue generando ruido. Entre el coronavirus y el proyecto de intervenir el Poder Judicial jujeño, la Justicia no tiene paz.

Por:
Analía Zygier. Directora de Diario Judicial.
Por:
Analía Zygier. Directora de Diario Judicial.

Los jueces están acostumbrados a que lo que escriben en sus fallos, se cumpla. Por eso les parecía lógico que cuando esgrimieron argumentos en contra del proyecto que les modifica sus jubilaciones que algunos, sin entender del todo, tildan como “de privilegio”, también los escucharan.

Pero de ninguna manera fue así, y sin siquiera llevarles demasiado el apunte, en una urgencia llamativa, los Diputados de la Nación se apresuraron a darle media sanción a tan cuestionado proyecto.

Todavía falta que opine el Senado, aunque se descuenta que el trámite será aún más fácil que el de la Cámara Baja dada la composición política del cuerpo.

Mientras tanto, en los órganos de difusión internos, abundan los argumentos, las declaraciones, los enojos y las explicaciones. Sin embargo, reconocen que no están llegando al gran público.

Ni siquiera quienes parecen simpatizar con un colectivo tan mediáticamente golpeado como los integrantes del Poder Judicial (recodemos el exabrupto de Parrilli tildando a los jueces de “sarnosos”), se animan a cuestionar demasiado. Rechazan las formas y la velocidad, se quejan por la falta de debate, pero en el fondo parecen estar de acuerdo en que, ante la “emergencia”, hay que emparejar para abajo.

 

Hasta ahora los magistrados tienen la posibilidad de jubilarse a los 60 años, pero son realmente pocos los que lo hacen. Es muy habitual que se queden en el sistema aportando 10 o 15 años más de lo que les obliga la ley, aumentando los años como aportantes y reduciendo los años como beneficiarios.

 

En principio vale la pena cuestionarse el concepto. ¿Es nueva la emergencia o la Argentina ha vivido en emergencia durante los últimos 30 años? ¿Se trata de una guerra, de un desastre natural? No. Se trata solamente de pésimas políticas de distintos gobiernos, de distintas tendencias que con una suma de incapacidad y voluntarismo nos han traído a donde nos encontramos ahora.

 

Mucho ruido y pocas nueces

¿Cuánto se ahorrarán las arcas nacionales con la modificación que se propone? Ni el Poder Ejecutivo, que fue quien redactó el proyecto, ni los diputados que votaron a favor pueden decirlo.  Sencillamente, no lo saben.

Por lo pronto el remedio está más cerca de ser peor que la enfermedad, por un fenómeno que ya está en marcha. La renuncia en masa de jueces, fiscales y defensores que ante el temor de ver recortada su jubilación adelantan sus planes de retiro.

Hasta ahora los magistrados tienen la posibilidad de jubilarse a los 60 años, pero son realmente pocos los que lo hacen. Es muy habitual que se queden en el sistema aportando 10 o 15 años más de lo que les obliga la ley, aumentando los años como aportantes y reduciendo los años como beneficiarios.

Si muchos se jubilan antes de la fecha en la que lo tenían previsto, el Estado perderá ingresos y sumará erogaciones al sistema. Así que, en el corto plazo, la ecuación económica que se pretendía mejorar, va a empezar empeorándose. Si el problema es de plata, claramente ese no es el camino.

 

Sería irracional reconocer la garantía de intangibilidad de las remuneraciones que prevé el artículo 110 de la Constitución Nacional sólo para los jueces en actividad y no para los jubilados.

 

Y eso no es todo. Se invierte mucho tiempo y mucho dinero en seleccionar nuevos jueces. Nombrar nuevos magistrados, mediante el sistema actual de concursos lleva no menos de 2 años, si todo sale bien, aunque puede demorar casi 5 años también. En cuanto a los costos, nadie se tomó el trabajo de calcularlo con precisión, pero basta pensar que el Consejo de la Magistratura, órgano dedicado a los concursos necesarios para seleccionar jueces, antes de someterlos al acuerdo del Senado, tiene unos 1000 empleados. Seguimos ahorrando plata,
 

Los argumentos en contra del proyecto:

 

1) El riesgo de no convocar a jueces jubilados

El más preocupante es el que alerta sobre la derogación del artículo 16 de la Ley 24.018 que termina con la carga pública que tienen los jueces jubilados de presentarse cuando sean convocados para cubrir vacantes mientras se desarrollan los concursos. Este sistema evita que se paralice la Justicia mientras se atraviesa el farragoso proceso para elegir los nuevos jueces.

“Los jueces subrogantes jubilados, al no estar concursando ni integrando ternas (porque concluyeron su carrera judicial), no necesitan subordinarse a los políticos de turno” puntualiza el ex camarista de la Seguridad Social, Luis René Herrero.

 

2) El régimen especial de jubilación de los jueces es autosustentable. No le quita recursos a los demás.

Según el proyecto que está por votarse, el sistema que les permite jubilarse a los magistrados y funcionarios de la Justicia Nacional con el 82 % móvil, no es sustentable para fisco. Sin embargo, esto es falaz. El déficit del sistema contributivo que administra la ANSES, destinado a los trabajadores que aportaron durante toda su vida laboral, no lo generan los regímenes especiales sino la violación sistemática del artículo 187 de la Ley 24.241 (Régimen previsional vigente) que establece que las prestaciones no contributivas, deberán ser pagadas por rentas generales y no desfinanciando el sistema jubilatorio.

Al respecto Herrero explica: “De las 6.3000.000 jubilaciones y pensiones que paga ANSES, 3.600.000 fueron obtenidas con moratorias. 7 de cada 10 jubilados que perciben la jubilación mínima la obtuvieron mediante moratorias. ANSES destina además 60.000 millones de pesos para para la Asignación Universal por Hijo (prestación que obviamente no tiene aportes) y otra veintena de planes sociales.

 

Los aportes previsionales de los magistrados y funcionarios no tienen tope, cómo sí sucede con otros trabajadores, por lo que los montos que aportan los judiciales quintuplican a los de las personas que perciben los mayores ingresos de la economía.

 

De esta manera, todos los gobiernos que se sucedieron a partir de la salida de la Convertibilidad, desfinanciaron el sistema contributivo y achataron, en perjuicio de los trabajadores que aportaron, la pirámide previsional”.

Además, los aportes previsionales de los magistrados y funcionarios no tienen tope, cómo sí sucede con otros trabajadores, por lo que los montos que aportan los judiciales quintuplican a los de las personas que perciben los mayores ingresos de la economía.

La diferencia, además, no va a la caja de judiciales, sino que engrosa la caja general y con el nuevo proyecto, este desequilibrio se va a profundizar todavía más ya que está previsto aumentar los aportes a un 18 % (un 50% más de lo que se está aportando actualmente).

Este es prácticamente el único de los regímenes jubilatorios vigentes que es autosustentable ya que la totalidad de sus recursos provienen de los descuentos de los haberes de los magistrados y funcionarios en actividad.

 

3) Errores insalvables

Según puntualiza la Asociación de Magistrados de la Justiica Nacional “el proyecto redactado por el Poder Ejecutivo resulta inaceptable porque tiene serios errores, que no podrán ser enmendados por medio de la reglamentación. La Corte Suprema de Justicia ha advertido reiteradamente que la intangibilidad de la remuneración de los jueces no ha sido establecida para beneficiar a los magistrados sino para preservar al Poder Judicial de la Nación como una institución central de la democracia y liberarlo de toda presión por parte de los otros poderes. Se trata de un principio irrenunciable que, según ha dicho también el Máximo Tribunal, se extiende a los jubilados”.

 

4) Expulsar a los que valen

El presidente de la AMJN, Marcelo Gallo Tagle, durante la sesión plenaria de las Comisiones de Presupuesto y Seguridad Social de Diputados puntualizó: “Se está expulsando del Poder Judicial y de los Ministerios Públicos a gente que vale. Gente cuya capacidad y honestidad está fuera de toda duda”.

 

No son privilegios, son protecciones que están para que el juez, que es una persona común, pueda dictar sentencias en contra de fuertes intereses económicos y políticos.

 

Por su parte Raúl Pleé, Fiscal General ante la Casación Federal opinó: “El proyecto nos está dejando un Poder Judicial casi devastado y estamos generando un régimen jubilatorio incierto, por lo que la carrera judicial va a desaparecer. Si se concretan las renuncias nos vamos a quedar con la mitad de los prestadores del servicio de Justicia.”

 

5) La discusión no es previsional sino política

La Constitución Nacional y los tratados internacionales suscriptos por la Argentina, dicen que la intangibilidad de las remuneraciones de los magistrados son un elemento central en la independencia del Poder Judicial.

Ricardo Recondo, vicepresidente del Consejo de la Magistratura, ante las voces que se alzan diciendo que los jueces tienen privilegios, explica: “no son privilegios, son protecciones que están para que el juez, que es una persona común, pueda dictar sentencias en contra de fuertes intereses económicos y políticos”.

“Nuestra función y nuestra remuneración están previstas en la Constitución, mientras que no lo están las de otras profesiones”.

Por su parte el consejero juez, Juan Manuel Culotta abundó “sería irracional reconocer la garantía de intangibilidad de las remuneraciones que prevé el artículo 110 de la Constitución Nacional sólo para los jueces en actividad y no para los jubilados. La presión de los otros poderes del Estado puede consistir en la amenaza de retirarlos con la consiguiente reducción considerable de su salario”. Se calcula que el haber jubilatorio que se va a percibir en caso de que prospere la nueva ley, va a tener una brecha del 45 % en relación al salario de los jueces en actividad.

 

Quien quiera oír que oiga

La Asociación Internacional de Magistrados, que agrupa a 92 asociaciones nacionales de todo el mundo, se pronunció en contra de esta reforma del régimen jubilatorio.

También hicieron sus respectivas declaraciones, expresando su rechazo y preocupación ante el proyecto, la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional; la Cámara de Apelaciones del Trabajo; la Cámara de apelaciones en lo Civil y Comercial Federal ;el Consejo de Procuradores, Fiscales, Defensores y Asesores Generales de la República Argentina y la Federación Latinoamericana de Magistrados.

Hasta se estableció una petición en el sitio Change.org para avisarles a los Senadores que antes de sancionar el proyecto, todavía hay mucho que discutir: https://www.change.org/p/cfkargentina-jubilar-a-los-jueces-no-es-lo-mismo-que-jubilar-a-la-justicia

 


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Jubilación a los 65 y sólo funcionarios de alto rango
Alerta jubilaciones
El texto será debatido en extraordinarias
La reforma jubilatoria no cayó bien en Tribunales

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486