17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
Las penas cortas llevan la delantera

Flagrancia "copó" los encarcelamientos

Un informe de la Procuración Penitenciaria detalló la evolución creciente entre 2005 y 2019 de las personas encarceladas en el ámbito del SPF por condenas cortas con cumplimiento efectivo en prisión. El incremento se aceleró con la ley de Flagrancia .

El Departamento de Investigaciones de la Procuración Penitenciaria de la Nación publicó el cuarto informe sobre la evolución de las personas privadas de libertad en el Servicio Penitenciario Federal con penas de hasta 36 meses.

Según el documento, las personas encarceladas con penas cortas se cuadruplicaron en términos relativos, o sea como porcentaje del total de condenados, pasando del 4,9% en diciembre de 2005 al 20,3% en junio de 2019, y casi se quintuplicaron en términos absolutos en el mismo período, pasando de alrededor de 200 personas a 1100

El informe pone de manifiesto la evolución creciente entre 2005 y 2019 de las personas encarceladas en el ámbito del SPF por condenas cortas con cumplimiento efectivo en prisión que va de los 15 días a los 3 años. Éstas son producidas en su mayoría por la Justicia Nacional.

 

El incremento es significativo para el conjunto de las penas cortas, estas aumentaron en un 129% en el lapso de casi tres años.

 

Por otra parte, el incremento de este tipo de penas se aceleró con la ley de Flagrancia (27.272), aprobada el 7 de noviembre de 2016 y publicada en el Boletín Oficial el 1 de diciembre del mismo año.

El incremento es significativo para el conjunto de las penas cortas, ya que aumentaron en un 129% en el lapso de casi tres años. A su vez, las penas más breves, de uno a seis meses, presenta un crecimiento del 805%; en tanto que las de siete a doce meses lo hicieron en un 182%. De este modo, el documento concluye que son las penas más cortas las que “han ido ganando importancia en el conjunto”.

Aparecen en esta nota:
flagrancia informe penas cortas PPN

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
El condenado podrá cumplir con sus obligaciones labrales y familiares
A dormir a la cárcel

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486