31 de Octubre de 2024
Edición 7082 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/11/2024

A clases con apoyo

Un juzgado de familia de Bariloche admitió un recurso de amparo y habilitó el acompañamiento de maestro de apoyo a la inclusión para alumna de nivel medio.

La justicia de Río Negro habilitó la posibilidad de acompañamiento de maestro o maestra de apoyo a la inclusión (MAI) a una adolescente que presenta diagnóstico que requiere de la necesaria e indispensable presencia de un o una docente que acompañe su proceso de aprendizaje.

La titular del juzgado, Marcela Trillini, ordenó al Ministerio de Educación y Derechos Humanos de Río Negro que designe un profesional para acompañar a la solicitante a los establecimientos escolares a los que concurre. 

Si bien la regulación para este tipo de casos sostiene que la MAI está prevista para el ciclo primario, mientras que la educación secundaria cuenta con la figura de la TAE, cuyo rol es de acompañamiento y coordinación, pero no exclusivo para un alumno en particular, por lo que la niña comparte una MAI con otra estudiante.

Pero en este caso, los profesionales sugirieron que la estudiante cuente con una profesional que trabaje con ella de manera personalizada en su trayectoria escolar y se destine la acompañante terapéutica , que le brinda la obra social, para el trabajo extraescolar. "Todo ello a fin de potenciar su independencia en la vida diaria, tal cual lo refleja el informe confeccionado por el equipo interdisciplinario".

 

La jueza explicó que esta medida ayudará a la joven a "desarrollar plenamente el potencial humano , el sentido de la dignidad, la autoestima, reforzar el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y la diversidad humana".

 

"Es evidente que la diagramación implementada por el Ministerio de Educación resulta insuficiente para las necesidades educativas de la niña", sostiene el fallo y agrega que "en este sentido deben realizarse los ajustes razonables para que su acceso a la educación sea efectivo".

Por lo tanto, "se debe activar lo dispuesto en el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que señala que los estados partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles, así como la enseñanza a lo largo de la vida", resaltó Trillini.

La jueza explicó que esta medida ayudará a la joven a "desarrollar plenamente el potencial humano , el sentido de la dignidad, la autoestima, reforzar el respeto por los derechos humanos, las libertades fundamentales y la diversidad humana".

Finalmente, la sentencia destaca que el acceso a la educación no son sólo acciones de enseñanza y aprendizaje, sino también "la remoción de barreras o limitaciones que socialmente existen para que las personas puedan ejercer derechos de manera efectiva".

 


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