08 de May de 2024
Edición 6961 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 09/05/2024

Hay que defender a los abuelos

El Superior Tribunal de Justicia  de Corrientes adoptará como política pública la Protección de los Derechos de las Personas Mayores e implementará de modo gradual la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos de las personas mayores.

El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes informó que aplicará de manera gradual la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos de las personas mayores y, para ello, solicitó a la Oficina de Estadísticas y Registro que relevara el número de causas donde las víctimas sean personas de más 60 años.

La decisión se inscribe como un avance en las políticas que viene implementando la Corte en defensa de los sectores más vulnerables, como ya se viene haciendo con los Niños, Niñas y Adolescentes y las mujeres víctimas de violencia de género, facilitándole en todos los casos el acceso a justicia.

El objetivo del Superior Tribunal es aplicar planes de acción propios dentro de la competencia de este poder del Estado y coordinados con otros Poderes u organizaciones no gubernamentales o privadas en defensa de las personas mayores.

La Convención Interamericana sobre Derechos de las Personas Mayores fue aprobada el 15 de junio de 2015 en la 45 Sesión de la Asamblea de la Organización de Estados Americanos (OEA) realizada en Washington.

Se convirtió en el primer instrumento jurídico específico en materia de derechos humanos de personas adultas mayores para promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.

El fin de su aplicación es contribuir a la plena inclusión, integración y participación en la sociedad de las personas mayores.

Para ello, la Convención estableció una serie de definiciones y alcance de los derechos de las personas mayores, también define principios convencionales entre ellos: la promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor, la valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y contribución al desarrollo, la dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor, la igualdad y no discriminación, entre otros.

El objetivo del Superior Tribunal es aplicar planes de acción propios dentro de la competencia de este poder del Estado y coordinados con otros Poderes u organizaciones no gubernamentales o privadas en defensa de las personas mayores.

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STJ Corrientes abuelos jubilados

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