06 de May de 2024
Edición 6959 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 07/05/2024

Respeto a las creencias religiosas

El juzgado de Familia de Tigre autorizó a una madre a compartir con su hijo una celebración religiosa de cinco días que había sido cuestionada por su ex marido. La jueza destacó el respeto a las creencias religiosas de los progenitores y desalentó llevar a la Justicia por este tipo de conflictos.

El Juzgado de Familia Nº 1 de Tigre, a cargo de Sandra Veloso, autorizó a una madre a compartir con su hijo una celebración religiosa de cinco días que había sido cuestionada por su ex marido. 

La jueza sostuvo que que los padres deben ofrecer esparcimiento y vida social  acorde  con  la  edad  del  hijo, desarrollo y educación integral  y que en modo alguno pueden imponer su propia religión a su hijo y que la comparecencia del menor al Tribunal tiene sus límites.

 

Ambos padres podrán guiar a su hijo de acuerdo a sus propias convicciones y en línea a la  religión que cada uno profesa; pero, de modo alguno  pueden imponerla ni cercenarle ninguno de sus derechos.

 

En esa línea, Veloso añadió que compartir unos días con su madre, en un marco de festividad y encuentro familiar, puede repercutir favorablemente en él, e incrementar el vínculo de ambos, en especial porque este es el ámbito en que su madre se siente cómoda y a gusto.

"El marco de la educación moral y religiosa no  puede contraponerse con la obligación de los padres de brindar a sus hijos educación y garantizar el derecho al esparcimiento y vida social acorde con su edad", explicó la magistrada y añadió que ambos padres podrán guiar a su hijo de acuerdo a sus propias convicciones y en línea a la  religión que cada uno profesa; pero, de modo alguno  pueden imponerla ni cercenarle ninguno de sus derechos.

Por último, la titular del juzgado resaltó que "la pertenencia de la madre a una religión, no constituye una causal de inhabilidad, ya que la pertenencia a esa fe no implica conductas exteriores jurídicamente relevantes que estén sometidas a la autoridad de los magistrados".

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