26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024
asi son las mujeres

Una demanda despechada

Una mujer demandó a un médico por los daños y perjuicios derivados de una cirugía estética de implantes mamarios. La Cámara Civil rechazó la demanda, dado que el dictamen pericial determinó que el final estético indeseable no es un “signo de mala o inadecuada práctica".

En los autos “G. L. S. C/ C. D. A. J.C. S/ Daños y Perjuicios”, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó una sentencia que rechazó la demanda intentada por una mujer contra un cirujano por los daños y perjuicios derivados de la presunta mala praxis que le atribuyó como consecuencia de un implante mamario que éste le efectuara con el propósito de aumentar el tamaño de su busto.

En el caso, el Cuerpo Médico Forense explicó que "las mamas son discretamente asimétricas", pero advirtieron que el resultado final estético indeseable no es un “signo de mala o inadecuada práctica, y sí un resultado final estético muy alejado de lo ideal pero que está dentro de lo posible con una técnica quirúrgica correcta”.

En este marco, el tribunal destacó que “aún cuando las normas procesales no acuerdan al dictamen pericial el carácter de prueba legal, si el mismo comporta la necesidad de una apreciación específica en el campo del saber del perito para desvirtuarlo es imprescindible contar con elementos de juicio que permitan concluir fehacientemente en el error o inadecuado uso que el experto hubiera hecho de sus conocimientos científicos, de los que por su profesión o título habilitante ha de suponérselo dotado”.

Los jueces señalaron que “para que las observaciones puedan tener favorable acogida, es preciso aportar probanzas de mayor rigor técnico o científico que desmerezcan las conclusiones alcanzadas en la pericia”.

En efecto, los vocales se inclinaron “por aprobar la pericia que, a mi juicio, importa una valoración técnica fundada, que se encuentra apoyada por otros elementos de convicción, en particular las fichas clínicas agregadas y los principios de la sana crítica”.

Asimismo, los camaristas consignaron que “mal puede sostener la actora que el médico no le explicó debidamente los riesgos que asumía, si como en el caso suscribió el consentimiento informado y al adquirir la prótesis, lo que según ella admite, lo hizo por sí misma, también asumió los riesgos que constan en la documental acompañada”.

Y concluyeron: “Mal puede afirmarse que el galeno prometió un resultado, puesto que la actora no ignoraba que asumía una intervención que ofrecía determinados riesgos que, lamentablemente en el caso, y aún prescindiendo del correcto actuar médico, acontecieron”.


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