17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

En suspenso

La juez en lo contencioso administrativo federal Emilia Marta García concedió la apelación con efecto suspensivo planteada por el Poder Ejecutivo Nacional contra su resolución por la cual declaró la inconstitucionalidad del decreto 1316/02, en una causa promovida por el Defensor del Pueblo de la Nación.

 
El recurso había sido presentado por el Procurador del Tesoro, Rubén Citara, quien en el mismo argumentó que la norma del PEN “no afectaba los derechos constitucionales de los ahorristas” ya que “sólo postergaba el cumplimiento de las sentencias”.

La magistrada concedió el recurso a los efectos suspensivo y devolutivo, por lo cual la norma seguirá teniendo vigencia hasta que la Cámara del fuero en lo Contencioso Administrativo se expida sobre la cuestión. La causa en la que se expidió García reviste especial interés, dado que por la legitimación del Ombudsman Nacional, el pronunciamiento judicial favoreció a todos los ahorristas del país, quedando ahora en suspenso por la concesión de la apelación.

Según informaron fuentes del Palacio de Justicia el recurso recayó en la Sala V de la Cámara y hasta que este tribunal de alzada no se exprese sobre la constitucionalidad del 1316/02 el mismo seguirá teniendo validez, hecho que le da al gobierno de Eduardo Duhalde un poco más de tiempo mientras aguarda algún tipo de decisión sobre el tema de la Corte Suprema de Justicia.

Cuando García se pronunció en contra de la norma había manifestado que la misma vedaba “en forma generalizada, la posibilidad de los jueces de ejecutar sus mandatos” e implicaba “el avasallamiento del derecho a la tutela judicial efectiva".

Además, consideró que el decreto afectaba "la forma republicana de Gobierno y el principio de separación de Poderes", artículos 1 y 29 de la Carta Magna", y agregó que iba en contra de " la posibilidad de los jueces de ejecutar sus mandatos".

Ahora tanto Mondino, como el Estado deberán esperar a que la sala V se manifieste respecto al tema, y ambas partes tendrán la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486