06 de May de 2024
Edición 6959 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 07/05/2024
Consejo de la Magistratura de la Nación

Corte total a la jura del último consejero

La Corte Suprema suspendió la ceremonia de juramento del diputado nacional Pablo Tonelli como miembro del Consejo tras conocerse una medida cautelar que frenó la designación del nuevo consejero y ordenó al Máximo Tribunal abstenerse de recibirle juramento. “Ahora hay que esperar que la situación se resuelva", afirmó Tonelli. Qué le dijo el presidente del Consejo a Diario Judicial.

Unos minutos antes de dar comienzo al acto de juramento, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, recibió la notificación de la jueza subrogante Iara Jésica Silvestre, mediante la cual hacía saber al Máximo Tribunal que debería abstenerse de recibirle juramento al diputado nacional Pablo Gabriel Tonelli.

El frente Cambiemos oficializó ayer el nombramiento del diputado nacional del PRO Pablo Tonelli como miembro del Consejo de la Magistratura y, de esta manera, cubrió la vacante que dejó la legisladora del FpV Anabel Fernández Sagasti. A raíz de la designación, el bloque del FpV denunció penalmente al presidente de la Cámara de Diputados de la Nación, Emilio Monzó, y presentó una serie de cautelares para impedir la jura.

En el Salón de Presidencia del cuarto piso del Palacio de Justicia, los invitados mostraron su desconcierto ante la notificación. Al acto concurrieron los consejeros Gabriela Vázquez, Juan Bautista Mahíques, Adriana Donato, Luis María Cabral, Leónidas Moldes y Miguel Piedecasas.

También estuvo presente el Fiscal General, Ricardo Sáenz junto al presidente de la Asociación de Magistrados, Ricardo Recondo. Los grandes ausentes fueron los consejeros del bloque del Frente para la Victoria.

En una breve reunión, Ricardo Lorenzetti le informó al diputado sobre la resolución y, en consecuencia, la postergación de la ceremonia. Según el fallo, “se advierte de la lectura del acto impugnado que éste aparece prima facie como contrario a la Constitución Nacional (art. 114) en tanto la interpretación que realiza del artículo 2º inc. 2) de la Ley 24937 en lo que a la composición del Consejo de la Magistratura se refiere no respetaría el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular que la norma fundamental procura”.

En este sentido, la jueza recordó que la normativa establece: “(…) Los presidentes de las Cámara de Senadores y de la Cámara de Diputados, a propuesta de los bloques parlamentarios de los partidos políticos, designarán tres legisladores por cada una de ellas, correspondiendo dos a la mayoría y uno a la primera minoría”.

“De la interpretación literal del texto (…) surge que a quien ostenta la mayoría de legisladores le corresponderán dos representantes, lo que no se altera por la circunstancia de que el nombramiento cuestionado sea realizado en reemplazo de una legisladora saliente por agotamiento de mandato, en tanto el procedimiento del artículo 3º de la ley 24937 debe necesariamente ser acorde con lo normado por el artículo 2º antes citado”, señaló el fallo.

Además, la jueza subrogante del Juzgado Federal de Santa Rosa, Iara Silvestre, entendió que “tal mayoría corresponde en la composición actual de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación al Frente Para la Victoria – PJ, que cuenta con 95 legisladores. De allí que aparezca como verosímil la circunstancia de que le correspondan dos representantes en el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación”.

Respecto del peligro en la demora, la magistrada afirmó que "viene dado porque se ha designado a un representante que no corresponde a la citada mayoría y que su puesta en funciones es inminente mediante la toma de juramento por parte del Presidente de la Corte Suprema”. Y agregó: “De producirse ello se convalidaría el acto cuya validez constitucional y legal se ataca por la presente acción siendo sus efectos irreversibles y de imposible reparación ulterior”.

Según informaron fuentes judiciales, a pesar de la resolución judicial, el presidente de la Corte "tenía la intención de llevar adelante la jura". Sin embargo, los ministros de la Corte, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda se opusieron a su realización.

Una Acordada sin mención al fallo

La Corte luego salió a aclarar la cuestión mediante una Acordada en la que no hace mención al fallo, sino que decide la cuestión luego de recibir las comunicaciones de los diputados Monzó respecto al nombramiento de Tonelli, y de Recalde, que según el texto del acuerdo se presentó "ante la Presidencia del Tribunal fin de exponer que la designación del Diputado Tonelli ha sido contra legem".

La Corte sostuvo que "la naturaleza e implicancias de la impugnación que se formula -por parte del titular del Bloque parlamentario que reivindica la titularidad de la representación en juego- con sustento en una grave irregularidad en el proceso electoral que dia lugar a la designación del Diputado Tonelli, y el genuino reconocimiento de que -en rigor- se encuentra comprometido el principio de división de poderes al estar en tela de juicio el ejercicio de facultades que la ley 24.937 no ha puesto en manos de esta Corte", exigían que el Tribunal "obre con riguroso apego al limitado alcance de la única atribución que la ley ha depositado en el señor Presidente, consistente en recibir juramento al miembro electo".

Por lo que resolvió que "al ponerse en crisis la validez de todo el conjunto de ingentes decisiones que da lugar el funcionamiento del Consejo de la Magistratura", se debía diferir la realización del juramento de Tonelli "para el momento en que el Consejo de la Magistratura considere lleve cabo el juicio sobre la impugnación deducida con respecto la designación del mencionado legislador nacional".

La última vacante

Tras la suspensión de la ceremonia, el diputado Pablo Tonelli aseveró que “ahora hay que esperar que la situación se resuelva y destrabe”, y añadió: “No conozco a la jueza ni la causa, me acabo de enterar de la resolución”.

En diálogo con Diario Judicial, el presidente del Consejo, Miguel Piedecasas, afirmó que “se verán los pasos a seguir”, y explicó que los consejeros “sólo asistieron al acto de jura”.

“La controversia no es respecto del Consejo de la Magistratura. La facultad de designar es de las Cámaras y, en consecuencia, la Corte Suprema es quién debe tomar juramento”, indicó Piedecasas.

A través de un comunicado oficial, el presidente del bloque de diputados del FpV-PJ, Héctor Recalde, recalcó que "el mandato de los consejeros es de cuatro años por lo cual, faltando más de la mitad para su cumplimiento, le corresponde el reemplazo al FpV-PJ (…) por esa razón el bloque propuso al diputado Marcos Cleri para que se desempeñe hasta la finalización del mandato, tal como lo establecen los artículos 2 y 3 de la ley 24937".

El caso “Godoy”

No es la primera vez que la designación de un miembro del Consejo genera polémica entre los bloques legislativos. En 2014, un grupo de diputados impugnó la designación del senador Ruperto Godoy como integrante del Consejo de la Magistratura, por considerar que “no tiene el título habilitante para ejercer la profesión de abogado”.

La impugnación contra Godoy, quien actualmente integra el Cuerpo, la impulsaron los legisladores Pablo Tonelli, Federico Pinedo, Patricia Bullrich y Alejandro Fargossi. En el caso, la ley original consignaba que para ser integrante del Consejo se debían reunir los requisitos de los jueces de la Corte, entre ellos ser abogado. Sin embargo, la normativa se reformó y se fijaron nuevas condiciones.

En la actualidad, la normativa establece que “para ser miembro del Consejo de la Magistratura se requerirá contar con las condiciones mínimas exigidas para ser diputado. No podrán ser consejeros las personas que hubieran desempeñado cargo o función pública jerárquica durante la última dictadura cívico-militar o respecto de quienes se verifiquen condiciones éticas opuestas al respeto por las instituciones democráticas y los derechos humanos”.

Meses más tarde, la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal concluyó que “no se requiere ser abogado para formar parte del Consejo de la Magistratura”. De esta manera, el magistrado Enrique Lavie Picó rechazó un pedido del ex consejero, Alejandro Fargosi, para que el senador Ruperto Godoy no integre el Cuerpo.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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