Para el TSJ de Córdoba, los escribanos no son funcionarios públicos | Salta: magistrados trabajan en un proyecto de reforma del Código Procesal Civil provincial | Facebook fue obligado a aceptar órdenes de registro de autoridades estadounidenses
Córdoba: El escribano no puede ser asimilado al funcionario público a la hora de otorgar una probation
La Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Córdoba declaró que no se puede negar una suspensión del juicio a prueba de un escribano por considerarlo funcionario público. En los autos "Almada, Walter Raúl y otros p.ss.aa. Falsedad Ideológica -Recurso de Casación", los vocales tildaron de dudoso "que quepa considerar a los escribanos funcionarios públicos en el sentido del concepto legal y, más bien aparecen como profesionales que ejercen funciones públicas por concesión o delegación estatal. En este sentido, se trata de funciones públicas que no son cumplidas por agentes estatales". El fallo también reconoció "se trata de funciones públicas que no son cumplidas por agentes estatales. Dado el fundamento y el régimen severo en que confluyen todas las disposiciones legales que se vinculan con la función pública estatal y por los agentes estatales o que integran los entes desconcentrados o descentralizados, a los profesionales que no son, como ocurre con los escribanos, los médicos que otorgan falsos certificados de parto o de nacimiento (art. 297 CP) o los particulares que son depositarios de cosas secuestradas o embargadas (art. 263 CP), no los alcanzan la interdicción para la suspensión del juicio a prueba, ni tampoco se suspende el curso de la prescripción mientras continúen desempeñando la profesión".
Elaboran un proyecto de reforma del Código Procesal Civil de Salta
La Comisión especial de reforma del Código Procesal Civil busca elevar a las cámaras legislativas y al Poder Ejecutivo un proyecto de ley para adecuar los procesos civiles, comerciales y de familia ante la inminente entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial. De esta forma, se busca trabajar sobre "el rol de las partes, la función del juez, los actos procesales, revisión de los procesos ordinarios, sumarios, sumarísimos y ejecutivos; necesarios para llevar adelante las causas en esta materia". Asimismo, en el proyecto se delinearan cuestiones sobre los procesos especiales, arbitrales, de personas y familia; de violencia familiar; estableciéndose asimismo las competencias y los recursos.