03 de May de 2024
Edición 6958 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/05/2024

Brevatas

Carbón Blanco: renunció el presidente del Tribunal | Cuatro nuevos jueces y un asesor tutelar para la Justicia Penal porteña | La Corte Suprema acordó declarar día inhábil el 9 de junio

 


Renunció el presidente del Tribunal que juzga la causa "Carbón Blanco"

Se trata del magistrado Rubén Quiñones, titular del Tribunal Oral Federal que se encarga de juzgar a los cinco imputados de la causa en la que se investiga el contrabando de más de mil kilos de cocaína hacia Europa. La dimisión habría sido comunicada "informalmente" a las partes luego de una audiencia, y se dio en el marco de las amenazas a la jueza federal de Presidencia Roque Sáenz Peña, Zunilda Niremperger, y los fiscales Carlos Amad y Federico Carniel.
 

Cubren cuatro vacantes del fuero Penal de la Ciudad de Buenos Aires
 
La Legislatura porteña cubrió cuatro vacantes de juzgados de primera instancia en lo Penal de la Ciudad y un cargo de asesor tutelar en el fuero Penal, Contravencional y de Faltas. No hubo votos negativos ni abstenciones, y sí un total de 50 votos positivos para los candidatos a estos cargos. Los nuevos integrantes de la Justicia de Capital Federal son Pablo Cruz Casas, María Julia Correa, María Lorena Tula del Moral y Rodolfo Ariza Clerici, y el asesor tutelar es Rodrigo Carlos Dellutri. Ninguno de ellos recibió impugnaciones durante el proceso de selección.
 
 
Disponen declarar inhábil el día 9 de junio para los tribunales nacionales y federales del país

Por medio de la acordada 18/15, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso declarar inhábil el día 9 de junio para “los tribunales nacionales y federales del país, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos”. De esta forma, el texto de la Acordada destacó que “el irregular funcionamiento del transporte público de pasajeros durante el día 9 de junio del corriente año ha afectado la normal concurrencia del público a los tribunales ´nacionales y federales del país, circunstancia de excepción que justifica tomar las medidas que eviten perjuicio a los litigantes”.

 



dju
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