30 de Abril de 2024
Edición 6956 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/05/2024

Avances judiciales en el Legislativo bonaerense

La Cámara de Diputados provincial aprobó una reglamentación del Instituto de la Consulta Popular y el Senado bonaerense aprobó la creación de una consejería para embarazos no planificados, a partir de la cual se tratarán de reducir los riesgos y daños por abortos.

Después de un comienzo algo lento, la actividad parlamentaria en provincia de Buenos Aires comenzó a salir del estancamiento y se aprobaron varios proyectos de importancia. En diputados, la reglamentación del Instituto de la Consulta Popular fue aprobado; y por su parte, el Senado dio su apoyo a una propuesta que busca la creación de consejerías para embarazos no planificados, desde la cual se buscará reducir los riesgos y daños por abortos.
 
En el marco del Programa de Salud Reproductiva y Procreación Responsable, esta iniciativa sobre las consejerías parece un reconocimiento de hecho a una situación que está sumamente invisibilizada, y esta es la de la gran cantidad de abortos clandestinos que se realizan año tras año en Argentina. Esta es una más de las tantas causas que provocan la muerte de mujeres en nuestro país; acaso, la más grave.
 
El proyecto fue presentado por la senadora Mónica Macha (FpV) y, según precisó, “con este proyecto buscamos bajar la mortalidad de mujeres a causa de abortos inseguros y está centrado en el derecho a la información”.
 
En la iniciativa se consigna que “se entiende por Consejería al dispositivo de salud encargado de brindar un espacio de escucha, contención y asesoramiento a la mujer en situación de embarazo no planificado, basado en información legal, públicamente accesible y científicamente respaldada, orientada a la prevención de riesgos y daños por la práctica de abortos inseguros y al cuidado de la salud integral de la mujer”.
 
En relación al instituto de la Consulta Popular, su reglamentación es una deuda de larga data, ya que está contemplado en la Constitución provincial. De esta forma, y con la aprobación de la Cámara Baja, la propuesta fue girada al Senado donde se espera que tenga una acogida favorable.
 
Esta nueva disposición podría establecer que todas las consultas populares, obligatorias y vinculantes serán válidas cuando superen el 40% de los ciudadanos que forman parte del Registro Electoral. El autor del proyecto fue el diputado Marcelo Feliú (FpV), quien afirmó que de esta forma la participación pública podrá aumentar en temas de importancia.
 
Al margen de las disposiciones con las que cuenta la iniciativa, en el proyecto se aclara que “el carácter de obligatoria y vinculante de la consulta atribuido por el autor de la iniciativa podrá ser modificado durante el trámite de sanción legislativa que se efectúe en la cámara de origen”.
 
En los fundamentos se detalló que “en ocasión de reformarse la Carta provincial en 1994, el constituyente incorporó  una nueva sección destinada a los institutos de democracia semidirecta. Allí fueron incorporados la iniciativa legislativa popular (inciso 1); la Consulta Popular ante supuestos de especial trascendencia para la provincia (inciso 2);  el Referéndum legislativo (inciso 3) al mismo tiempo que dejó abierta la posibilidad de que  la Legislatura establezca otras formas de participación popular”.
 
“En tal sentido, el mecanismo de consulta previsto en el inciso 2 del artículo 67 de la Carta Local es de naturaleza política y procura que la ciudadanía se exprese  por la afirmativa o negativa respecto de un asunto de capital interés para la provincia”, observó el legislador.
 
Feliú agregó en este mismo orden de ideas que, “por su parte, el inciso 3 de la norma constitucional mencionada recepta la posibilidad de convocar al electorado para que se decida por la aprobación o el rechazo de un asunto público de naturaleza normativa propuesto por la legislatura”.


dju
Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486