26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Freno de mano al "grooming"

La Justicia de Salta condenó a cuatro años y tres meses de prisión por corrupción de menores, coacción y grooming a un hombre que contactaba a menores vía WhatsApp y Facebook. Asimismo, el fallo ordenó que reciba tratamiento psicológico y de recuperación por su adicción.

Las nuevas tecnologías y las redes sociales han modificado el mundo de la comunicación. En este contexto, el "grooming" es uno de los delitos que más afecta a  los menores. Nuevamente se conoce una sentencia por el delito de “grooming”, donde a través de internet o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, los imputados se contactan con persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma.

En los autos “Incidente de juicio abreviado solicitado por el dr. Jaime López Figueroa, unidad de defensa publica N° 2 en favor de Tolaba Valdez, Sergio Emiliano”, el juez Martín Pérez, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio, condenó al imputado a la pena de cuatro años y tres meses de prisión de ejecución efectiva por resultar autor materialmente responsable del delito de corrupción de menores (cinco hechos), coacción (cinco hechos) y grooming (cinco hechos) en concurso real.

El imputado fue denunciado por las madres de cinco adolescentes por hechos ocurridos entre 2013 y 2014. De esta forma, los menores entablaban una relación de manera inocente a través de WhatsApp con quien dijo llamarse "Florencia".

La sentencia relató que con el correr del tiempo, esta persona comenzó a ganar la confianza de los menores, pidiéndole primeramente fotos vestida con ropa normal, pero luego esta persona mediante ardid y engaño empezó a pedirle que "se sacara nuevas fotos en ropa interior, accediendo con mucha verguenza". Según consta en los testimonios de la causa, si no accedía “le publicaría en el Facebook las anteriores fotos en ropa interior, además de ciertas amenazas contra su integridad”.

En la presentación efectuada por el Ministerio Publico Fiscal en la instancia procesal se solicitó para el imputado "la pena de cuatro años y tres meses de prisión de ejecución efectiva, por resultar autor materialmente responsable del delito de corrupción de menores (cinco hechos), coacción (cinco hechos) y grooming (cinco hechos) en concurso real, previsto y reprimido en los arts. 125, 149 bis segundo párrafo y 131, todo en función del Art. 55 del C.P".

“Que en orden a la individualización de la pena a imponer y en observancia de las pautas señaladas en los Arts. 40 y 41 del Código Penal, se tiene presente la edad, e1 nivel de instrucción, el modo de comisión de los hechos, la escala penal prevista para los delitos requeridos y la no existencia de una condena anterior”, relató el magistrado respecto a la pena.

De esta forma, el juez ordenó que el imputado sea trasladado a la Unidad Carcelaria 1 y libró los oficios correspondientes para que también reciba tratamiento psicológico y de recuperación por su adicción a las drogas.



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