30 de Abril de 2024
Edición 6956 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/05/2024

Crónica judicial del caso Nisman

La jueza de Instrucción de la causa que investiga la muerte del fiscal Nisman, dio a conocer los pasos procesales que se dieron desde el momento del inicio de la pesquisa. Diario Judicial repasa los actos procedimentales, paradigmáticos del sistema de investigación mixto, a la luz de la legislación procesal nacional.

La sed de información que mantiene a la sociedad civil en vilo por cada paso dado en la causa Nisman contó con un capítulo estelar la tarde de este miércoles. 

La jueza de Instrucción N° 25, Fabiana Palmaghini, dio a conocer un informe en donde da cuenta del curso de la investigación desde el momento en que tomó la causa, el 20 de enero (en un principio estuvo a cargo del juez Manuel de Campos, que subrogaba el Juzgado)

Los pasos dados en la pesquisa dan cuenta del funcionamiento del actual Código Procesal Penal de la Nación, y su sistema mixto entre lo inquisitivo y lo acusatorio  a la hora de desarrollar una investigación.

La inspección ocular de la jueza, la solicitud de una nueva prueba de disparo y de pericia sobre los elementos tecnológicos, todas desarrolladas el 20 de enero, dan cuenta de que la magistrada hizo uso de lo normado en el artículo 196 del Código Procesal Penal en cuanto indica que el juez decide quién tendrá a cargo la instrucción.

La norma establece que “El juez de instrucción podrá decidir que la dirección de la investigación de los delitos de acción pública de competencia criminal quede a cargo del agente fiscal”, y a continuación aclara que en aquellos casos “en los cuales la denuncia de la comisión de un delito de acción pública sea receptada directamente por el agente fiscal, o promovida por él la acción penal de oficio, éste deberá poner inmediatamente en conocimiento de ella al juez de instrucción, practicará las medidas de investigación ineludibles, cuando corresponda, solicitará al juez de instrucción que recepte la declaración del imputado, conforme las reglas establecidas en la sección II de este título, luego de lo cual el juez de instrucción decidirá inmediatamente si toma a su cargo la investigación, o si continuará en ella el agente fiscal”.

Es decir, es el magistrado quien tiene la decisión acerca de quien desarrollará la pesquisa una vez que entre en conocimiento de las actuaciones. El fiscal puede solicitarle medidas de prueba, como se observa en el informe, cuando la representante del Ministerio Público, Viviana Fein, solicitó el allanamiento de la Unidad Fiscal AMIA, que estaba a cargo de Nisman.

En principio, el Código Procesal autoriza al fiscal a poder intervenir “en todos los actos de la instrucción y examinar en cualquier momento las actuaciones”.

Ahora bien, el rol del fiscal en este sistema mixto puede analizarse desde el prisma de la imputación a Diego Lagomarsino, quien le habría entregado el arma con la que supuestamente se efectuó el disparo que terminó con la vida de Nisman.

En su informe, Palmaghini explicó que “se señaló a la Señora Fiscal que frente a la imputación que formula respecto de Diego Lagomarsino, no ha indicado en las que basa su imputación, relativa ella a la figura prevista por el artículo 189 bis, inciso 4to, primer párrafo, del Código Penal”.  Básicamente, en la letra del artículo 188 del Código Penal referido al requerimiento de instrucción, que exige que el fiscal debe explicar “a relación circunstanciada del hecho con indicación, si fuere posible, del lugar, tiempo y modo de ejecución”.

El ordenamiento procesal dispone que el fiscal “promoverá y ejercerá la acción penal en la forma establecida por la ley”. Dentro de esas facultades, en las que también se incluye la posibilidad de peticionar medidas de prueba, es que se solicitó el 23 de enero un nuevo allanamiento a la torre “Le Parc” donde vivía Nisman, “con el objeto de proceder a la requisa de los gabinetes técnicos allí existentes y grabar en aparatos dispositivos aptos para ello.

La relación entre Juzgado y Fiscalía y su encuadre dentro del sistema mixto de investigación, también se puede ver en los pedidos que le hace la magistrada a la fiscal en cuanto a que requiera ciertas medidas de prueba. El 26 de enero, se “solicitó a la Fiscalía que requiera la totalidad de las imágenes originadas en las cámaras de seguridad instaladas en las periferias del predio ‘Le Parc’”, detalla el informe, y  “se sugirió a la Fiscalía de Instrucción Nro. 45 la concreción de veinte (20) medidas de prueba”, detalla el 27 de enero. En otras palabras la jueza le comunicó a la fiscalía las medidas de prueba que entendía de necesaria producción.



matías werner

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