17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Hay muertes que son dignas

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, respaldó el pedido de la familia de una persona que hace 20 años está en estado vegetativo. Los detalles del dictamen que ahora se encuentra en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, respaldó el pedido de la familia de una persona que hace 20 años está en estado vegetativo para que se le autorice la desconexión de los aparatos que lo mantienen con vida.

Se trata de la causa donde los hermanos de Marcelo Diez están hace años intentando que su hermano tenga una muerte digna. En octubre de 1994 Diez tuvo un accidente en la provincia de Neuquén. Como consecuencia del accidente quedó en estado vegetativo desde entonces y hoy en día se encuentra internado en una institución provincial.

La causa llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que la envió a la Procuración General de la Nación para que dictamine. Gils Carbó apoyó la decisión de las hermanas del paciente. “El retiro, cese y abstención de todas las medidas de soporte vital que lo mantienen con vida en forma artificial pertenece a su zona de reserva, garantizada por el derecho a la autonomía personal”, sostuvo en el dictamen.

Teniendo en cuenta un informe del Cuerpo Médico Forense, Gils Carbó explicó que “de acuerdo con los estudios de resonancia nuclear magnética, el daño cerebral es irreversible”.

En ese sentido, recordó que en 2012 fue sancionada la denominada “ley de muerte digna”, que “recepta el derecho del paciente a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos”.

“La norma no efectúa un juicio moral, ético o religioso sobre cómo deben afrontar los individuos los asuntos vinculados a la enfermedad y, eventualmente, la muerte; sino que reconoce que los individuos tienen un derecho a decidir por sí mismos esas cuestiones a partir de sus propias y profundas convicciones personales”, dice el dictamen de la procuradora.

Las peticiones comprendidas en las leyes “no requieren autorización judicial dado que precisamente uno de los propósitos de la norma es evitar que estas decisiones se judicialicen y trasciendan de la esfera privada del paciente, su familia y el médico”, concluyó.

Por eso dictaminó por confirmar la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Neuquén que avaló el pedido de las hermanas del paciente. Ahora la Corte Suprema de Justicia es quien tiene la última palabra.

 



dju
Aparecen en esta nota:
muerte digna diez marcelo corte suprema gils carbo

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486