30 de Abril de 2024
Edición 6956 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/05/2024

Cambio de calificación

La Cámara del Crimen confirmó el procesamiento de una persona pero cambió la calificación legal. Se trata de una causa en la que se investiga el robo de objetos que se encontraban en el interior de una camioneta estacionada. Los detalles de la sentencia.

La sala V de la Cámara del Crimen, con las firmas de Mirta López González y Gustavo Bruzzone, confirmó el procesamiento de dos hombres por robo. Sin embargo cambiaron la calificación legal que había dispuesto el juez de primera instancia.

Se trata de la causa “F., J. L. y otro s/hurto agravado" donde dos personas fueron procesados en primera instancia por ser considerados coautores del delito de hurto agravado por tratarse de mercaderías en tránsito.

La causa llega a la cámara luego de que la defensa de estos apeló el procesamiento agraviandose por la calificación del delito, sobre todo, “la agravante escogida por el magistrado”.

Según consta en el expediente, “los imputados sustrajeron objetos personales del damnificado del interior de su camioneta estacionada”. Ello, “mientras su conductor realizaba compras personales en un comercio”.

Los jueces explicaron que “el fundamento de la agravante escogida por el magistrado radica en la especial protección que merecen la mayor indefensión en que deben ser dejados determinados objetos combinado con circunstancias particulares que afectan al sujeto pasivo”.

Por lo que dado que el damnificado “no es transportista y que la mercadería es de su propiedad, la figura no debe ser agravada”. Agregaron finalmente que debido a la inmediata intervención policial el hecho no fue consumado, por lo que el hurto ha sido en grado de tentativa.

Por todo ello, aunque decidieron confirmar el procesamiento de ambas personas, los jueces cambiaron la calificación legal del hecho que pasó a ser la de “coautores de hurto en grado de tentativa”.

 



dju

Aparecen en esta nota:
cambio calificación hurto

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486