17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

Al fin un registro nacional de violadores

Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la ley que crea un Banco Nacional de Datos Genéticos vinculado a delitos contra la integridad sexual. Los detalles de la ley promulgada por el gobierno nacional.

Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial el decreto 996/2013 mediante el cual se promulgó la ley que crea un Banco Nacional de Datos Genéticos vinculado a delitos contra la integridad sexual.

Se trata de la Ley 26.879, sancionada el 3 de julio pasado, y que crea el vulgarmente denominado “registro de violadores” en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Según consigna la norma el objetivo del registro es el de “facilitar el esclarecimiento de los hechos que sean objeto de una investigación judicial en materia penal vinculada a delitos contra la integridad sexual” para poder “proceder a la individualización de las personas responsables”.

Cabe destacar que en el registro se “almacenará y sistematizará” toda la información genética “asociada a una muestra o evidencia biológica” de las personas que se obtuvieron en el curso de una investigación criminal pero de personas condenadas “con sentencia firme”. Una vez finalizada la causa, el juez deberá ordenar de oficio los exámenes correspondientes, que se harán en los laboratorios autorizados por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación productiva.

Por otra parte, la información contenida en él sólo se dará de baja “transcurridos cien (100) años desde la iniciación de la causa en la que se hubiera dispuesto su incorporación o por orden judicial”.

Toda la información del registro será considerada como “datos sensibles y de carácter reservado”, consigna la vigente norma, por lo que “sólo serán suministradas a miembros del Ministerio Público Fiscal, a jueces y a tribunales de todo el país” en el marco de una causa en la que se investigue delitos sexuales.

En cuanto a los datos que consignará el registro estos son: el nombre, foto, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, número de documento y domicilio del criminal. Asimismo se destinará además una sección especial para identificar rastros genéticos de autores no individualizados.

 



dju
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