17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

El Rewe mapuche es sagrado

La Justicia de Neuquén confirmó una medida cautelar a favor de una comunidad mapuche para que tenga libre acceso a sus tierras ancestrales. Así se aplicó una medida dictada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

La Cámara de Apelaciones de San Martín de los Andes, con las firmas de las juezas María Julia Barrese y Gladys Mabel Folone, confirmó una medida cautelar de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) a favor de una comunidad mapuche de Neuquén y obligó a un particular a respetar el ‘Rewe’ (sitio sagrado indígena) de la comunidad Pacihil Antriao.

Se trata de la causa “Comunidad Paichilan Antrea c/ Fisher Wiliam Henry s/ Inc. Medida cautelar” en la que las juezas dictaron una sentencia interlocutoria en la que dejan vigente las medidas dictadas por el organismo internacional.

Tal y como lo recuerda el fallo, la CIDH “solicitó al Estado de Argentina que adoptara las medidas necesarias para garantizar que la medida judicial de no innovar que actualmente protege al Rewe ubicado en el predio objeto del litigio no sea levantada hasta que la CIDH decida sobre los méritos de la petición 962-08, actualmente en estudio”.

Asimismo, se solicitó al Estado Nacional que “adoptara las medidas para que dicha medida judicial sea efectivamente cumplida, de manera tal que se preservara ese lugar sagrado”.

Adicionalmente, la CIDH “solicitó que el Estado adoptara las medidas necesarias para garantizar que los miembros de la comunidad Lof Paichil Antriao que requieran acceder al Rewe para desarrollar sus prácticas rituales puedan hacerlo, sin que la Policía u otros grupos de seguridad o vigilancia públicos o privados obstaculicen su acceso”.

En este contexto, la CIDH también solicitó al Estado que “adoptara las medidas necesarias para atender a la salud de las familias de la comunidad que se encuentran desplazadas en zonas aledañas al territorio en disputa a fin de garantizar su bienestar”.

En concreto, las magistradas resolvieron “estar a lo requerido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, órgano por el que se está tratando el pedido”, es decir, mantuvo en vigencia las medidas cautelares que protegen los derechos de la comunidad mapuche.

“El fallo de la Cámara de San Martín de los Andes es importante puesto que en su decisión se remite a lo que ya resolvió la Comisión Interamericana y eso es un importante avance en una provincia en donde el gobierno desconoce sistemáticamente los tratados internacionales” explicó el director del Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (ODHPI), Juan Manuel Salgado.

 



dju

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