09 de May de 2024
Edición 6962 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 10/05/2024
El proyecto de la Rosada en la Magistratura

Consejeros "a la urnas": votos a favor y en contra

DiarioJudicial.com consultó a varios de los miembros del Consejo de la Magistratura para que den su opinión acerca del voto popular para la elección de sus integrantes que se impulsa desde el oficialismo. ¿Es constitucional o inconstitucional?, ¿da más legitimidad a los consejeros?, ¿propicia mayor participación ciudadana? Opinan Mario Cimadevilla, Hernán Ordiales y Alejandro Fargosi.

La presidente de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, armó un revuelo en el Poder Judicial con el envío de varios proyectos que buscan democratizarlo. Entre ellos se encuentra uno que introduciría el voto popular para la elección de todos los integrantes del Consejo de la Magistratura.

Mario Cimadevilla, consejero-senador, sostuvo que los cambios pretendidos en el organismo “se dan de patadas con el artículo 114 de la Constitución Nacional” que “establece la representación por estamento”, por lo que considera que los estamentos “son quienes tienen que elegir a sus representantes”. En ese mismo sentido leyó la reforma pretendida como una estrategia para “garantizar la impunidad de los jueces amigos” y “perseguir a los que no son dóciles”.

En contrapartida, el representante del Poder Ejecutivo, Hernán Ordiales, consignó que las pretendida reforma “de ninguna manera es inconstitucional” ya que el citado artículo “no establece cómo deben ser elegidos los representantes” porque eso se encuentra establecido por Ley.

A lo que agregó que existe una en el Consejo una “gran desigualdad porque a los diputados los eligen millones de electores y a los jueces sólo 900, y con un voto que no es obligatorio”. Es decir, “una ínfima cantidad de personas que representan a una corporación”, explicó Ordiales.

Por su parte, el actual presidente del Consejo, Mario Fera, explicó a medios nacionales que “tal como está ahora el artículo 114, que es el que prevé el funcionamiento del Consejo de la Magistratura, sus funcionarios, su integración, plantea un abanico de posibilidades para que la ley pueda cumplir el mandato constitucional".

Un punto interesante al que hizo referencia el Cimadevilla es el caso particular de su provincia, Chubut, donde el Consejo de la Magistratura se encuentra integrado por “consejeros populares” votados por el pueblo. Aunque aclaró que estos consejeros son “uno de los componentes” pero conviven a la vez con los consejeros de los demás estamentos que “tienen su representatividad”.

Sin embargo destacó que los consejeros populares “son los consejeros que mejor funcionan” ya que “ven a la Justicia desde la visión del judiciable”. No obstante, volvió a remarcar la limitación que marca la Constitución Nacional en el artículo 114 y concluyó: “lo quieren usar para someterlo a los caprichos del Poder”.

En el mismo sentido que Cimadevilla se expresó el representante de los abogados de la Capital, Alejandro Fargosi, que sostuvo que “la intervención del voto popular, como lo dice la Constitución, se concreta en tres etapas”. Estas son: “la presencia de senadores y diputados en el Consejo”, “el rol decisivo del Poder Ejecutivo en la elección del candidato” y “el acuerdo del Senado. Por eso, la voluntad popular existe en las tres instancias del proceso”.

“Es una interpretación” sostuvo por su parte Ordiales ya que se trata de “una opinión que tiene una conveniencia” porque “es más difícil ser elegido por una votación popular” y concluyó que la representación al ser elegida por el pueblo “le da mayor legitimación a la integración del Consejo”.

Por otra parte el consejero-abogado Fargosi sostiene también que “sería absurdo que por voto popular se designase a los médicos de los hospitales, o a los ejecutivos de las empresas del Estado y mucho más, a los jueces. Por eso las elecciones de jueces, abogados y académicos se realizan dentro de cada sector, donde vota mucha gente”, explicó.

Sin embargo Fera sostuvo que “en la medida en que la integración se procure sobre la base de la norma que establezca representaciones de todos estos ámbitos cumpla con el mandato constitucional, el proyecto va a ser compatible", indicó.

“El sistema que estableció la ley es corporativo”, explicó Ordiales ya que “bastan 300 votos para ser consejero juez”. Con la votación popular, “la población va a tener que conocer lo que hace el Consejo de la Magistratura” y va a “pedirle cuentas a los elegidos” lo que da una “mayor responsabilidad en quienes lo integren”, concluyó.

Para concluir Fargosi sostiuvo que acerca de incorporar académicos de otros sectores “sería otro enorme error” ya que “implica suponer que quienes no estudiaron ni trabajan con leyes, ni sistemas judiciales, pueden servir para elegir candidatos a jueces, para evaluarlos y acusarlos, o para administrar al Poder Judicial”.

 



dju

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