10 de May de 2024
Edición 6963 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/05/2024

Brevatas

El Gobierno aceptó la renuncia a dos jueces | Córdoba: mejoras en el sistema informático de asignación de causas | El juez Pastor Olivera tiró la toalla | Revocan sobreseimiento de Videla [texto completo]

 

Le aceptan la renuncia a Farrell y a Calviño

El gobierno Nacional publicó este jueves dos decretos por medio de los cuales les aceptó la renuncia a un camarista Civil y Comercial y a una jueza de primera instancia en lo Civil. Uno de los magistrados que renunció es Martin Diego Farrell, integrante de la sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal de la Capital. Tal y como consigna el decreto 456/2012, el juez dejará de ejercer funciones a partir del próximo 31 de marzo. También se le aceptó la renuncia, mediante el decreto 455/2012, a partir del próximo 1 de junio a Adriana Elena Calviño. La magistrada se desempeñará hasta junio próximo como titular del juzgado civil de primera instancia número 23. Ambos decretos se encuentran rubricados por la presidente, Cristina Fernández de Kirchner, y por el ministro de Justicia, Julio Alak.
 

Los beneficios de litigar sin gastos se asignarán automáticamente al tribunal del juicio principal

El Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba dispuso la readecuación del sistema informático de asignación de causas, de manera tal que los incidentes por beneficios de litigar sin gastos sean enviados de manera autómatica al tribunal que fue sorteado para resolver la causa principal. El objetivo de la medida es evitar las situaciones conflictivas que se generaban en cuanto a los efectos de la resolución que concedía el beneficio de litigar sin gastos cuando ese pedido no ingresaba en forma contemporánea con la pretensión principal. La Resolución fue tomada por el Presidente de la Sala Civil y Comercial del Alto Tribunal local, Armando Andruet.
 

Olivera Pastor tiró la toalla

El juez federal subrogante de Jujuy Carlos Olivera Pastor, que tiene a su cargo juicios por delitos de lesa humanidad, renunció hoy a su cargo luego de que se cuestionara su actuación en esas causas. El magistrado acusó de su decisión a la Fiscalía Federal de la provincia y a "la Fiscalía nacional de investigaciones de delitos de lesa humanidad" porque supuestamente ejercieron "presión" en su contra y montaron "una campaña de desprestigio", afirmó. Semanas atrás, el titular de la Unidad Fiscal de Coordinación en causas por delitos de lesa humanidad, Jorge Auat, había advertido que en la provincia había una "situación alarmante" por la demora que se estaba produciendo en el avance de los juicios a los represores. Auat había advertido que en esta provincia "aún no hubo juicios y el juez de Instrucción (por Olivera Pastor) ha denegado o ignorado el 88 por ciento de las indagatorias pedidas por la Fiscalía".
 

Se resolvieron los recursos planteados en la causa Mackentor [texto completo]

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba  presidida por el Abel G. Sánchez Torres, acompañado por José María Pérez Villalobo y Carlos Julio Lascano, celebró la audiencia oral y pública en los autos caratulados “Videla, Jorge Rafael y otros p.ss.aa. Abuso de poder, Allanamiento ilegal de domicilio, Robo calificado, privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos” (Expte. 755/2010). Por unanimidad el Tribunal resolvió rechazar los planteos de falta de acción, inconstitucionalidad y nulidad interpuestos por las defensas, así como también el planteo de nulidad del proceso articulado por la querella –con adhesión de los doctores Osvaldo Viola y Ernesto Gaudin-, debiendo el peticionante ocurrir ante quien por derecho corresponda.De igual modo, resolvió revocar la resolución del Juzgado Federal N° 3 de Córdoba que había dispuesto el sobreseimiento de Jorge Rafael Videla por entender que no era delito de lesa humanidad, debiendo el Juez de instrucción proceder a la indagatoria del nombrado por los hechos de Abuso de Poder (art. 248, C.P.), Allanamiento ilegal de domicilio (art. 151, C.P.), Usurpación (art. 181 inciso 1, C.P.), Robo calificado (art. 166, inciso 2 primera hipótesis, en función del art. 164, C.P.) y Abuso de autoridad (art. 248, C.P.), entre otros, a los que consideró delitos de lesa humanidad.

 



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