26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024
Auditoría de la Justicia

Hora de rendir cuentas

La Corte bonaerense solicitó para el 15 de marzo un inventario de causas de 2011 a los organismos judiciales de primera instancia o instancia única, las Cámaras de apelación de todos los fueros y el Tribunal de Casación Penal, con la excepción Trabajo y Civil y Comercial.

 

Para poder realizar un control de gestión y encauzar la administración de Justicia la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires decidió llevar a cabo una iniciativa que prevé que algunos organismos realicen un inventario sobre las causas que llevaron adelante durante todo el año pasado.

Se trata de la resolución 96-11 en la que el máximo tribunal provincial solicitó a tribunales de primera o única instancia, las Cámaras de apelación de todos los fueros y el Tribunal de Casación Penal -con la excepción de los Tribunales de Trabajo y Juzgados en lo Civil y Comercial- que presenten la lista antes del 15 de marzo de este año.

Los magistrados de la Suprema Corte precisaron que el emprendimiento tiene distintas razones. En primer lugar, que la Secretaría de Planificación elevó al tribunal este “plan para optimizar la obtención, procesamiento y análisis de la información estadística”.

“El mismo, en una primera etapa, contempló la extensión del inventario anual de causas a todos los fueros, a través del dictado de las Resoluciones 19/07, 10/08, 24/09, estableciendo el régimen de recolección de datos por vía electrónica con planillas estandarizadas por fuero”, señalaron los magistrados en la resolución.

Agregaron que “como parte de una segunda etapa, los Tribunales de Trabajo y luego los Juzgados en lo Civil y Comercial comenzaron a  confeccionar las estadísticas de causas con una frecuencia mensual durante el año 2010, por lo que se contará con la información correspondiente al año 2011 en forma completa”.

“Por Resolución 19/11 se estableció la incorporación gradual del resto de los fueros e instancias, extendiendo así esta metodología a las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial, Tribunales y Juzgados de Familia (a partir del mes de mayo de 2011), Juzgados y Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo (a partir de julio), Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, órganos del Fuero Penal y de Responsabilidad Penal Juvenil (a partir de enero de 2012).”

“Continuando con dichas actividades y considerando las fechas intermedias en las que los órganos mencionados comenzaron a informar las planillas mensuales, corresponde efectuar el relevamiento de datos correspondiente al año 2011”, precisaron los magistrados de la Suprema Corte.

Por eso determinaron que “a raíz de la necesidad de efectuar el seguimiento de las causas de la transición (Ley 3.589), actualmente bajo la órbita de los Juzgados de Garantías (Ley 13.941, Resolución 1045/09), debe requerirse a los mismos la información básica que permita conocer el estado de gestión de las mismas, y así estimar el tiempo requerido para su culminación”.



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