26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Hacéte cargo de lo que traes al mundo

La Cámara Civil modificó un fallo de primera instancia y condenó al padre biológico de una joven que no quiso reconocerla a una indemnización de $50.000 por daño moral. Los magistrados ponderaron que “sólo se sometió a la prueba biológica recién instada la acción judicial”.

La sala L de la Cámara Civil, integrada por Víctor Fernando Liberman y José Luis Galmarini (Marcela Pérez Pardo no firmó por encontrarse de licencia), modificó una sentencia de primera instancia e hizo lugar al reclamo por daño moral de la madre de una menor que fue desconocida reiteradamente por su padre biológico.

La causa, “SC y otro c/ ERR s/ Filiación”, se inició cuando la madre de la menor promovió, en representación de esta, una acción de filiación extra matrimonial contra el padre biológico y solicitó que sea resarcida por el daño moral que le causa a la adolescente no ser reconocida por el hombre.

Según consta en la causa la adolescente nació en diciembre de 1994 y cuando tenía un año y tres meses la madre le envió una carta documento al padre para que la reconozca pero este se negó. En 2006, previo al inicio de la causa judicial, volvió a enviar una carta documento y el padre volvió a desconocer el reclamo de paternidad.

Luego se inició la causa judicial. Allí el hombre demandado negó que la menor fuese hija suya y “manifestó que nunca pudo haber tenido una relación sexual con la actora, en virtud de que en los meses de febrero y marzo de 1994 estuvo trabajando en Brasil”.

Razón por la cual, según el argumento del hombre, “no pudieron existir relaciones sexuales entre la actora y el demandado a la época en que la concepción debe legalmente haberse producido”. En primera instancia la magistrada interviniente hizo lugar a la demanda de filiación, sin embargo, rechazó el reclamo por daño moral ya que no lo encontró probado.

La Cámara Civil, por su parte, sostuvo que en la causa “es muy diferente el tratamiento que cabe al supuesto de esta menor en edad escolar con un padre probadamente renuente, que sólo se sometió a la realización de la prueba biológica recién instada la acción judicial.

Por todo ello los magistrados consideraron que correspondía admitir el reclamo por daño moral y establecieron en 50 mil pesos la indemnización para con la menor. También le impuso el pago de costas al padre biológico ya que “la actora se vio obligada a iniciar el pleito para obtener el reconocimiento de la paternidad de su hija”.

 



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cámara civil filiación daño moral 50 mil pesos

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