14 de May de 2024
Edición 6964 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 15/05/2024

No más "mulas" en las comisarías

El Ministerio de Seguridad prohibió alojar en dependencias de la Policía Federal y de la Prefectura Naval a “mulas” que transporten sustancias que presumiblemente puedan ser estupefacientes. La orden había comenzado para la Gendarmería en abril pasado y ahora se extendió.

Mediante la resolución 1270/2011 el Ministerio de Seguridad extendió la prohibición de alojamiento en dependencias de la Policía Federal y de la Prefectura Naval Argentina de personas que transporten en su organismo sustancias que presumiblemente puedan ser estupefacientes.

En abril de este año, el ministerio que tiene al frente a Nilda Garré, firmó la resolución 413/2011 que prohibía el alojamiento en dependencias de la Gendarmeria Nacional de “personas que transportan sustancias en su organismo que presumiblemente podrían ser estupefacientes” a su vez dispone su traslado “al hospital público más cercano al lugar de detención, a fin de aguardar la totalidad del proceso de expulsión de cápsulas”.

Ahora esa resolución se extiende tanto a la Prefectura como a la Policía Federal teniendo como principal argumento que el alojamiento de las denominadas “mulas” en dependencias de las fuerzas de seguridad y policiales “significa un riesgo para su salud”.

Es que a consideración del ministerio también supone “un inconveniente para el personal que se encuentra cumpliendo funciones en las mismas y que no cuenta con debida preparación profesional para enfrentarse a problemáticas vinculadas con cuestiones de salud y que no guardan relación alguna con sus funciones”.

Asimismo, y teniendo en cuenta que la Policía de Seguridad Aeroportuaria también depende del ministerio de Seguridad, desde el organismo destacaron que “resulta innecesario extender la prohibición” a esta fuerza.

Ello porque ya cuenta con reglamentación específica desde el 2010, tal y como es el “procedimiento de intervención normalizado para custodia de detenidos hospitalizados” y el “procedimiento de uso del equipo body-scanner”.

 



dju

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486