03 de May de 2024
Edición 6958 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/05/2024

La jurisdicción no tiene inmunidad diplomática

La Corte Suprema rechazó el recurso interpuesto por la Embajada de Rusia en un caso en el que dos abogados reclamaban el cumplimiento de un convenio de honorarios por los servicios prestados a funcionarios del organismo. La entidad quería eximirse de litigar ante los tribunales argentinos alegando la existencia de inmunidad de jurisdicción a su favor.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el planteo de inmunidad de jurisdicción formulado por la Embajada de Rusia, vía recurso extraordinario, en un caso en el que dos abogados reclamaron a la entidad el cumplimiento de un convenio de honorarios. El Máximo Tribunal del país adoptó la decisión con base en los argumentos expuestos por la Procuradora Fiscal.

El Alto Tribunal expresó que compartía “los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal” y se remitió a dicho documento “en razón de brevedad”. La decisión fue alcanzada por unanimidad, con el voto de los Ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Carmen Argibay.

En el caso, dos abogados promovieron una demanda contra la Embajada de la Federación de Rusia y algunos funcionarios de esa entidad, tendiente a lograr el cumplimiento de un convenio de honorarios profesionales celebrado en 2004.

El convenio de honorarios se había celebrado en virtud de una causa criminal por contrabando, en la que los profesionales tuvieron intervención a favor de la Embajada, pues había estado involucrado un funcionario administrativo de dicho organismo.

Una vez descartada la competencia originaria de la Corte Suprema, el magistrado de primera instancia que intervino en el caso, rechazó la inmunidad de jurisdicción invocada por la Embajada de Rusia y declaró competentes, para resolver el asunto, a los tribunales argentinos. Esta decisión fue apelada por el organismo demandado.

Entre tanto, la Cámara Civil y Comercial Federal admitió la jurisdicción de los tribunales argentinos. Contra esta decisión la Embajada de Rusia interpuso un recurso extraordinario que fue admitido por encontrarse en juego la inteligencia del artículo 2 de la Ley 24.488, de naturaleza federal, atinente a la inmunidad de jurisdicción de un Estado extranjero.

En primer lugar, la Procuradora Fiscal indicó que la crítica de la parte recurrente “no consigue rebatir las razones del fallo, ni poner de resalto un vicio invalidante, en el marco de la excepcional doctrina sobre sentencias arbitrarias”.

Luego, la funcionaria judicial señaló que el reclamo de los actores se apoyaba “en un compromiso de pago, concertado de buena fe, sin imperio soberano –relativo a servicios personales onerosos prestados en el país por residentes en él-, y para ser cumplimentado en el territorio argentino”.

“En efecto, según emerge de la demanda, a la que corresponde estar de modo principal en casos de controversias jurisdiccionales, la Embajada convino con sus asesores y representantes la entrega de un automóvil en reconocimiento y compensación de las arduas y delicadas tareas que los citados profesionales llevaron a cabo en defensa de los intereses de la Misión”, destacó la Procuradora Fiscal.

Acto seguido, la funcionaria judicial afirmó nuevamente que “la crítica es infructuosa y que el fallo de la Sala debe confirmarse, atendiendo, además, a que la demandada en ningún momento de su presentación alega el compromiso de un privilegio internacional tocante al rodado cuya transferencia se pacta ni que, en su caso, ello inquiete el normal cumplimiento de la actividad diplomática”.

Por lo tanto, la Procuradora Fiscal determinó que el recurso extraordinario era formalmente admisible más no podía prosperar en lo sustancial, y recomendó confirmar la sentencia de Cámara en cuanto fue objeto de agravio.

Los razonamientos y argumentos de la funcionaria del Ministerio Público Fiscal fueron acogidos por la Corte Suprema, y en consecuencia, el planteo de inmunidad de jurisdicción de la Embajada de la Federación de Rusia fue rechazado. De ese modo, el Alto Tribunal ratificó la competencia de los tribunales argentinos para resolver el caso.



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