17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
Corte Suprema de Justicia de la Nación

Se vienen 30 días intensos para la ANSES

La Corte realizó un detallado pedido de información a la ANSES a fin de abocarse al tratamiento del problema de la litigiosidad en materia previsional. La entidad de la Seguridad Social tendrá que comunicar la cantidad de reclamos, juicios y sentencias firmes que existen en materia de reajustes jubilatorios.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió en forma unánime requerir a la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) que suministre en el plazo de 30 días los datos relativos a reclamos y causas vinculadas con pedidos de reajuste de haberes jubilatorios.

El Alto Tribunal nacional manifestó que "esta Corte ha señalado en diversas oportunidades su preocupación por la litigiosidad en materia previsional y ha puesto énfasis en la necesidad de contar con información relevante para el análisis de decisiones que puedan trascender del marco de la causa en la que se adoptan".

La decisión contó con el voto favorable de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Eugenio Zaffaroni y Carmen Argibay.

En el plazo de 30 días fijado por la Corte Suprema la ANSES tendrá que informar, entre otras cosas, acerca de la cantidad de reclamos administrativos pendientes de resolución vinculados con el cálculo del haber inicial y con la movilidad de las jubilaciones y pensiones.

También se exigió a la ANSES que comunique la cantidad de causas judiciales en trámite iniciadas por beneficiarios del sistema previsional, en las que se reclame un ajuste de la prestación.

Además, la entidad de la Seguridad Social tendrá que indicar cuál es la cantidad de causas judiciales en las que efectivamente se ha consentido la movilidad ordenada según los criterios jurisprudenciales establecidos o se ha desistido de recursos interpuestos, conforme la autorización conferida por la resolución Nº 955/08 de la Secretaría de Seguridad Social.

La cantidad de recursos extraordinarios deducidos en los últimos tres años por la propia ANSES en contra de las sentencias de la Cámara Federal de la Seguridad Social también tendrá que ser informada a la Corte Suprema.

El número de sentencias firmes que ordenan un reajuste de haberes pendiente de cumplimiento, es otro aspecto que la ANSES tendrá que comunicar en forma fehaciente al Alto Tribunal. Igual información deberá proporcionar respecto de la cantidad de sentencias de reajuste que fueron íntegramente cumplidas y la cantidad de fallos que requirieron de un proceso de ejecución de sentencia.

Finalmente, la ANSES tendrá que informar la cantidad de beneficiarios del sistema previsional detallando su composición, los fondos presupuestarios que destinará este año para el pago de sentencias y la proporción que representan esos montos respecto del total de erogaciones del ente y las medidas adicionales que haya determinado la entidad para resolver las peticiones de los interesados de modo acorde con los lineamientos de la Corte, a fin de evitar conflictos o prolongar los existentes.



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