14 de May de 2024
Edición 6964 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 15/05/2024
Once multas en 48 horas

Mientras la Corte analiza el caso, el Gobierno sanciona sin piedad a Shell

Como lo adelantó DiarioJudicial.com, la firma holandesa apeló otra vez contra la Ley de Abastecimiento. Mientras, la secretaria de Comercio Exterior instrumentó millonarias sanciones.

 

La Secretaría de Comercio Interior instrumentó hoy cuatro nuevas sanciones a la petrolera Shell en el marco de la ley 20.680 de Abastecimiento, con lo que ya suman un total de once, ante la decisión de estaciones de servicio de la firma angloholandesa de no bajar los precios de los combustibles, de acuerdo a lo establecido por el Gobierno, según informó la agencia Télam.

A todo esto, existen 63 apelaciones vía Recurso Extraordinario que esperan un fallo de la Corte, para que se pronuncie sobre la vigencia y constitucionalidad de la Ley de Abastecimiento, tal como lo adelantó DiarioJudicial en exclusiva la semana pasada. 

La decisión sancionatoria de la secretaria de Guillermo Moreno fue tomada luego que la semana pasada, tras un relevamiento efectuado en Capital Federal y el Gran Buenos Aires el Gobierno detectó que el 60 por ciento de las estaciones de servicio de Shell mantuvo los valores de los combustibles por encima a los vigentes hasta el 28 de enero pasado.

Esta situación fue detectada luego que la Secretaría de Comercio Interior decidiera aplicar la Ley de Abastecimiento para obligar a la petrolera Shell a dar marcha atrás con los aumentos de 2 a 3,6% aplicado a sus productos y retrotraer los valores de sus combustibles.

Los antecedentes. Las causas que en este momento están siendo tramitadas en el Máximo Tribunal del país son 63 en total. Todas estas son aquellas que aún no prescribieron. Sucede que si lo ministros tardan más de 24 meses en resolver el expediente, la causa prescribe. De todos estos expedientes, el que está más cerca de perder la chance de servir para que la Corte fije criterio sobre la debatida cuestión de su vigencia, es el Nº 24/2009.

Durante 2010 fueron presentados 29 recursos extraordinarios ante la Corte, mientras que en 2009 cerca de 40. De éstos últimos, son 34 los que aún pueden ser evaluados por la Justicia. Sin ir más lejos, en los próximos meses prescribirán siete causas más. Al cierre de esta edición, Shell Argentina informó que este acaba de interponer, ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo, una acción de amparo en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional contra la Secretaría de Comercio Interior, a fin de que declare "la nulidad e inconstitucionalidad del artículo 2° y de la cláusula 1ª del anexo de la mencionada resolución en tanto se trata de una norma manifiestamente arbitraria e ilegal". Asimismo, solicitó que se dicte una medida cautelar que suspenda la aplicación de la resolución 13/2011 hasta que se resuelva el amparo interpuesto, "atento a su ilegitimidad y a que contraviene el ordenamiento legal vigente en el sector, establecido por normas de mayor jerarquía".

Cada causa, las cuales son reclamadas en la Mesa de Entradas del Tribunal presidido por Ricardo Lorenzetti, comienzan cuando Guillermo Moreno, el titular de la Secretaría de Comercio, aplica una multa en función de las resoluciones emitidas por dicho organismo. La nueva normativa toma como fundamento a la ley 20680.

Luego de esto, Shell apela la sanción ante un juez de primera instancia en lo Penal Económico, quien puede confirmar la multa, reducirla o anularla. Así fue como Alejandro Catania confirmó una sanción reduciendo a 100.000 el monto, Rafael Caputo disminuyó otras multas a 10.000, a la par que Jorge Brugo las revocó, entre otras. En cualquiera de los casos (sea favorable al Gobierno como a la compañía petrolera), la apelación debe ser vía recurso extraordinario ante la Corte.



dju

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