10 de May de 2024
Edición 6963 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/05/2024
Notificaciones electrónicas

Avanzada digital entre organismos penales

A modo de "prueba piloto" se dispuso que las comunicaciones efectuadas entre el Tribunal de Casación Penal y las cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal puedan ser efectuadas a través de medios electrónicos.

 

A partir de la resolución 3607/10, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires dispuso el inicio de los primeros test, con carácter de prueba piloto, de las notificaciones electrónicas entre Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal de los Departamentos Judiciales de Mar del Plata y de Quilmes y el Tribunal de Casación Penal.

La norma, dada a conocer esta semana y firmada por los ministros Hilda Kogan, Eduardo Pettigiani, Héctor Negri, Eduardo de Lázzari, Daniel Soria y Luis Genoud, establece que a tal efecto resultarán de aplicación las disposiciones del “Reglamento para la Notificación por Medios Electrónicos” aprobado como Anexo I del Acuerdo Nº 3.399.

El artículo 2º de la nueva resolución pauta que los órganos jurisdiccionales referidos elevarán a la Corte bonaerense un informe integral trimestral y circunstanciado que dé cuenta "de las ventajas y desventajas de la experiencia dispuesta por el presente", así como de "las medidas que entiendan necesarias para la mejora de la misma".

La innovación fue puesta en marcha tras una presentación efectuada por Federico Guillermo Domínguez y Horacio Daniel Piombo, presidente y juez decano del Tribunal de Casación Penal, mediante la cual solicitaron la implementación de una "experiencia" de prueba "a los fines de simplificar y acelerar el sistema de notificaciones".

Tras enumerar las diversas dificultades que presentan las notificaciones en el ámbito del Tribunal de Casación Penal, los magistrados entendieron que la solución "radicaría en establecer un medio directo e inmediato de comunicación con el Tribunal que tiene la causa donde se dictara la sentencia originaria o un vínculo de similar naturaleza con la cámara departamental".

Los fines buscados por los jueces y los ministros de la Corte son "evitar costosos e innecesarios traslados de detenidos para concretar una audiencia, exteriorizar una petición de acercamiento familiar o, simplemente, interiorizarse sobre el trámite dado a una causa".

"La referida medida permitirá analizar los beneficios del sistema, lo que redundará en una más eficiente prestación del servicio de justicia, mediante la reducción de los tiempos de los procesos y la paulatina reducción en la utilización del soporte papel en los expedientes judiciales", expresan los fundamentos de la resolución del Alto Tribunal.

Parte de la operatoria a realizar está tipificada en el Anexo mencionado previamente. "El secretario del órgano jurisdiccional confeccionará la cédula, la signará con tecnología de firma digital y la enviará al servidor del Poder Judicial. El sistema registrará: a) la fecha y hora en que el documento ingrese al mismo y quede disponible para el destinatario de la notificación; b) la fecha y hora en las que el destinatario accedió al Servidor para notificarse; c) la fecha y hora en las que el destinatario descargó dicha notificación. El secretario, o quien lo reemplace, imprimirá una constancia para ser agregada al expediente, certificando fecha y hora de ingreso al sistema registrada en el servidor", indicó la resolución.

Por último, la normativa consigna la previsión a futuro de la implementación de un sistema de teleconferencia.

 



dju

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