17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
Deberán discutirse en la Legislatura

Reformas a la Ley Electoral en Santa Fe

El Ejecutivo provincial firmaría un proyecto de ley con modificaciones a la ley de Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias. Cambiaría la fecha de las internas y los avales necesarios para presentar candidatos.

 
El Gobierno de la Provincia de Santa Fe está listo para firmar un proyecto de ley que modifique algunos artículos de la ley 12.637 de Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias. El cambio de fecha de las internas sería una de las actualizaciones, pero también habría un cambio sustancial en los requisitos para presentar candidatos.

Tras la sanción de la reforma política a nivel nacional, los funcionarios del gobierno santafesino vienen estudiando diferentes proyectos con el fin de regular la actividad política.

En evaluación se encuentran cinco proyectos que modifican diferentes aspectos legislativos: la tarea de recolección, sumatoria, procesamiento, transmisión y difusión de datos del escrutinio provisorio; modificaciones generales al Código Electoral de la Provincia; a la Ley de Primarias Abiertas, Obligatorias y Simultáneas; a la Ley de Campañas Electoral; y la Ley Orgánica de Partidos Políticos.

El gobernador de Santa Fe Hermes Binner puso especial atención sobre el proyecto que modificaría algunos artículos de la Ley 12.367. Modifica la fecha de realización de las elecciones primarias que deben ser convocadas en el mismo acto que se convoca a las elecciones generales. Sería nueve domingos antes que la elección general. Este punto es similar al articulado de la ley nacional de Reforma Política.

Otra modificación importante es la que permitiría a los partidos políticos reconocidos, que en una o más localidades provinciales carezcan de afiliados en el porcentaje exigido para presentar candidatos a cargos locales, que puedan completar porcentaje con adhesiones que se obtengan directamente del padrón electoral, es decir, ciudadanos que no estén afiliados al partido en si mismo.

A partir de este cambio, si los partidos no tienen la cantidad de afiliados necesarios para presentar candidatos a cargos locales, pueden buscar avales en ciudadanos que no estén afiliados a ningún partido político.

Una vez firmado el expediente 00101-0196197-7, el proyecto será remitido a la Legislatura y será en este ámbito donde deberá discutirse.

Compartir



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486