31 de Octubre de 2024
Edición 7082 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/11/2024

Los jueces de acuerdo en limitar a los jueces

El presidente del Consejo de la Magistratura, Mariano Candioti, y el de la Asociación de Magistrados, Ricardo Recondo, afirmaron en diálogo con DiarioJudicial.com que la ley aprobada anoche en Diputados, que establece tres años de permanencia en el cargo para volver a concursar, es positiva para el funcionamiento de la Justicia. El proyecto pasó al Senado.

 
El proyecto de ley que pretende limitar los concursos para magistrados fue aprobado este miércoles en la Cámara de Diputados por 182 votos a favor. La iniciativa fue bien recibida tanto por la Asociación de Magistrados como por el Consejo de la Magistratura. La propuesta les impediría a las personas que accedan al cargo de juez concursar hasta tres años después de haber obtenido el nombramiento.

El presidente del Consejo de la Magistratura, Mariano Candioti, dijo que “la normativa sirve para ordenar, para evitar que se produzcan concursos simultáneos y que hayan candidatos que estén en cuatro concursos al mismo tiempo”, aunque reconoció que “el principio en pugna sería el de la libertad de elección del nuevo trabajo”.

“Me parece una norma que tiende a favorecer los aspectos de funcionamiento y le da estabilidad a los tribunales” sostuvo Candioti quien afirmó que “cualquier persona que esté en una etapa o tramo administrativo de tres años logra asentamiento y nobleza en su cargo”. Por último, concluyó su idea positiva en cuanto a la propuesta al asegurar que esta “no afecta derechos individuales de los postulantes porque es un norma que se conoce a priori, antes de concursar”.

“Me parece muy bien, es razonable, porque cuando un juez recién está nombrado se tiene que adaptar al cargo”, afirmó el presidente de la Asociación, Ricardo Recondo, quien estuvo de acuerdo en “que tengan que estar ese lapso después de proponerse como magistrados”.

El camarista también señaló que “el tema de la subrogancia es un trabajo adicional que complica la tarea de un juez” y agregó que “no parece prolijo que quien acaba de acceder al cargo de primera instancia, concurse al día siguiente a juez de cámara”.

Luis María Cabral, integrante de la comisión de selección del Consejo de la Magistratura apoyó el proyecto que ahora pasó al Senado porque “tiene que ver con la racionalidad organizacional de los tribunales”. Además recalcó el hecho de que esta idea permitirá eliminar la estadía “provisoria” en los cargos.

Si bien acordó en que el flamante magistrado debe “formarse de experiencia para ir a otro lugar”, recordó que “puede ser una limitación que ha merecido algunas críticas porque no estaba prevista esta reforma desde la Constitución Nacional”. Sin embargo, dejó en claro que la propuesta sería un “ordenador adecuado de la función jurisdiccional”.

En el debate que se dio en el recinto este miércoles, la diputada Marcela Rodríguez sugirió que “esta propuesta tendría que tender a la modificación del artículo 13 de la ley de creación del Consejo de la Magistratura”.

La iniciativa elaborada por la Diputada Diana Conti, si bien mereció un pequeño intercambio de opiniones en la reunión de la Comisión de Justicia, su presidente, Luis Cigogna, quien acompañó el proyecto había resaltado que la idea serviría para “oxigenar la justicia y romper con el criterio de creer que es un gran familia”.

En su momento, la diputada Marcela Rodríguez había dudado en referencia al plazo propuesto ya que observaba que “tal vez era algo largo porque con lo que están durando los concursos en el Consejo, hasta que llegan a ser nombrados de jueces, pasan tres años más”.

Al mismo tiempo, se preocupó por la posibilidad de que se estuvieran “dejando en una mejor situación a los secretarios que hayan ejercido el cargo de jueces reemplazantes en comparación al magistrado que ya haya ejercido el cargo”. En relación a esto, Recondo afirmó que “Se supone que una persona que concursa está formada”.

El proyecto pretende reformar la Ley 1285 de la Organización de la Justicia Nacional al agregarle un párrafo al artículo siete de modo que exista un período de tiempo para presentarse a la selección desde que alguien entra en el cargo de juez, disposición que no se aplicaría sobre los magistrados subrogantes.



dju / dju
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