16 de May de 2024
Edición 6967 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 17/05/2024

Trabajo domiciliario: más críticas que apoyos

La iniciativa que envió el Poder Ejecutivo a la Cámara de Diputados sobre trabajo domiciliario no cumpliría con las expectativas positivas del Gobierno. La jueza laboral Diana Cañal y el presidente de la Cooperativa de la Alameda, Gustavo Vera, aseguraron en diálogo con DiarioJudicial.com que generará una multiplicación de los talleres clandestinos. TEXTO COMPLETO

 
El proyecto de ley elaborado por el Poder Ejecutivo para derogar la actual Ley 12.713 de Trabajo Domiciliario y conformar una nueva legislación sobre la materia, si bien para algunos significa un avance, para otros generará la multiplicación de los talleres clandestinos.

A nivel judicial, las novedades que importa la iniciativa se refieren a la eliminación de las multas y en consecuencia, la posibilidad que tendrá el trabajador de demandar a su empleador por daños y perjuicios en el caso de que este reduzca o suspenda sin causa justificada la dación del empleo. “Me parece bien porque es más claro”, dijo la jueza laboral del Juzgado Nº 74 , Diana Regina Cañal, a DiarioJudicial.com.

Sin embargo, para el presidente de la cooperativa La Alameda, Gustavo Vera, este proyecto “convierte a los talleristas en Pymes independientes de las marcas, dejando impune a las mismas al quitarle la responsabilidad laboral y penal y desprotegiendo a los trabajadores que deberán litigar con talleristas, en su mayor parte, insolventes”.

“Para nosotros no necesita mejoras la actual ley, sino que necesita una ejecución práctica, es decir, hace falta que intervenga el Estado en los costos de la cadena de valor porque si del producto realizado el taller se queda con el 3 por ciento de la ganancia cualquier ley es inviable con esos costos, es trabajo esclavo”, señaló Vera.

“La actual norma entiende un doble carácter del tallerista , o sea, cuando demanda laboralmente por cuestiones salariales o por previsiones sociales, este litiga contra el taller y contra la marca. Por lo tanto, tiene que responder una u otra, lo cual es correcto porque es la última es la principal responsable. Lo mismo sucede en sede penal”, expresó el presidente de la cooperativa.

Para reparar la afectación sufrida por el empleado, la iniciativa explica que “se deberá tener en cuenta la naturaleza y extensión de la medida ilegítima aplicada al trabajador”, los promedios del sueldo que percibía y su antigüedad y no podrá ser menor al promedio mensual de lo devengado en los últimos seis meses.

La propuesta introduce la presunción legal de la existencia de un contrato de trabajo a domicilio cuando se verifique la prestación de servicios o la realización de actos o ejecuciones, el cual también operará sobre las figuras no laborales. Para Cañal este último aspecto resulta positivo ya que sucede en muchos casos que “califican de una forma a una actividad y en los hechos es otra”, es decir, “que puede ser en verdad un contrato de trabajo.”

“La falta de cumplimiento puntual de las obligaciones del empleador, faculta al empelado a reclamar el pago de la indemnización por el tiempo período”, dice la propuesta del PEN. A demás, la hora perdida a causa del incumplimiento en lo que respecto a la “entrega de su labor, recepción de materiales o pago de su remuneración” será computada como un tiempo extra que podrá tardar en llevar a cabo su actividad.

Pese a que la normativa intenta de algún modo ponerse del lado del trabajador domiciliario, tanto Cañal como Vera pronostican que la entrada en vigencia de este proyecto producirá la multiplicación de los talleres ilegales.

“En la medida de que no hayan controles, más se van a pasar a lado oscuro pretendiendo su inexistencia, por eso es importante asegurar las inspecciones”, afirmó la jueza quien aseguró que “es gravísimo el nivel de esclavitud” que sufre este sector”. Por su parte, Vera recalcó el hecho de que “al no cambiar la estructura de valor dentro de la cadena de indumentaria, las consecuencia de esto es que las marcas van a apelar a talleres clandestinos y no a las fábricas registradas”.

Cañal sostuvo que “no sirven normas sustantivas que no tengan relación con las normas adjetivas en la práctica” y por eso destacó que es “fundamental la reglamentación del control, que debe provenir de manos del Estado”. En relación a este tema, la propuesta establece que los inspectores estarán facultados para revisar que las remuneraciones se paguen de acuerdo con las tarifas respectivas, vigilar la higiene y seguridad de los establecimientos de trabajo, entre otras.

El presidente de La Alameda contó que en el 2006 las fábricas en blanco poseían 60 costureros y hoy en día tiene 120, por lo que observa un aspecto positivo a partir del involucramiento de la Defensoría y sus planteos judicial y públicamente de la imputación penal hacia las grandes marcas que violaban la ley actual.

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