El proyecto fue aprobado por mayoría con 38 votos a favor del Frente para la Victoria y 21 en contra del radicalismo y otros bloques opositores que se pronunciaron por un dictamen en minoría.
La iniciativa aprobada fue la de los senadores oficialistas Nicolás Fernández y Miguel Ángel Pichetto que reemplaza el actual sistema que fue declarado inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia. El Máximo Tribunal dio un año para dictar un nuevo régimen, plazo que vence el próximo 23 de mayo. Con media sanción, la iniciativa deberá ser tratada y aprobada por la Cámara de Diputados antes de esa fecha.
El nuevo sistema de selección extiende por un año en su cargo a los casi 190 jueces subroganctes actuales. Eso se mantendrá “hasta que se instrumente el procedimiento de reemplazo que se establece en la presente ley”, dice el dictamen que aprobó este miércoles al mediodía el Senado.
El nuevo sistema establece que los jueces subrogantes de primera instancia nacionales y federales serán designados por su cámara entre tres opciones y en el siguiente orden: un magistrado de igual competencia de la misma jurisdicción, un magistrado de la jurisdicción más próxima, o de una lista de conjueces elaborada por el Poder Ejecutivo.
La lista del Gobierno se realizará cada tres años y estará integrada por abogados de la matrícula federal. El listado lo compondrán entre 10 y 20 letrados por cada Cámara Nacional o Federal. Esos conjueces tendrán acuerdo del Senado de la Nación.
Por su parte, las vacancias en las Cámaras Nacional y Federales y en los Tribunales Orales serán cubiertas de acuerdo al “procedimiento previsto en el artículo 31 del Decreto-Ley Nº 1285/58”. En caso contrario, se hará un sortero entre los conjueces abogados que designe en Gobierno.
Hace un año, la Corte Suprema dictó el fallo “Rosza” en el cual declaró inconstitucional el régimen de subrogancias del Consejo de la Magistraturas porque los jueces designados no pasaban por un proceso en el que participen los tres poderes del Estado. Era el propio Consejo, que entre una lista de candidatos de la Cámara de Apelaciones de la jurisdicción donde se produjo la vacante, quien elegía al reemplazante.
Sin embargo, los fundamentos del proyecto aprobado señala respecto a la designación de magistrados transitorios que la Constitución Nacional “nunca requirió la intervención del Senado y luego de la reforma (de 1994), tampoco de la del Consejo de la Magistratura”.
“Por otro lado, no existe norma constitucional alguna que fundamente que la facultad de cubrir temporalmente los cargos vacantes de jueces corresponda conjuntamente al Poder Ejecutivo, al Senado, y al Consejo de la Magistratura. Es evidente que el constituyente ha dejado a prudencia del legislador el establecimiento de las normas legales para designar jueces suplentes”, agrega la iniciativa.
Ahora será la Cámara de Diputados quien deberá ratificar la media sanción del Senado antes del 23 de mayo. Podría hacerlo el próximo miércoles cuando se reúna el pleno de la Cámara porque esta semana no hubo sesión de la cámara baja.