02 de May de 2024
Edición 6957 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/05/2024

Mitad de patrimonio cultural menos

En la actualidad, cada vez son más las demoliciones de edificios históricos. El caso del colegio La Salle, finalizó con buen pronóstico, luego de que la Legislatura porteña aprobara la catalogación histórica de ese lugar. Similar fue la situación de la ex sede del Club Atlético Tigre, la que recientemente obtuvo una orden judicial para frenar su demolición. La diputada Liliana Piani fue quien llamó a la jueza denunciando la falta de autorización en el derribamiento del predio. TEXTO COMPLETO

 
En estas épocas modernas donde lo nuevo remplaza lo antiguo, y la idea de envejecer está mal vista, la demolición de monumentos nacionales es una práctica de moneda corriente. A esta situación, se suma la creciente demanda de la población en la adquisición de propiedades en las zonas más concurridas de la ciudad, que ha puesto en peligro la conservación del patrimonio histórico y cultural.

Una de las obras arquitectónicas demolidas que adquirió gran relevancia, fue el de la casa de Remates Roldán, que estaba ubicada en el centro de Buenos Aires. En esa ocasión, como suele ocurrir frecuentemente, se destruyó en miras a la construcción de una vivienda de mayor altura y de estilo moderno.

También tuvo difusión pública el destino de la concesión del colegio La Salle, en el que un grupo económico, pretendía construir un hotel cinco estrellas y un centro de convenciones. Finalmente, la Legislatura aprobó por unanimidad, la catalogación histórica del viejo establecimiento educativo.

En otros casos relevantes, la Cámara en lo Contencioso y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar, a una medida cautelar que frenó la demolición de una vivienda histórica. En el año 2007, el tribunal revocó una medida cautelar que ordenaba suspender la construcción de torres en un radio de 16 manzanas del barrio de Caballito. A su vez, en el 2006, ese fuero dispuso la suspensión de la construcción de todas las obras autorizadas o en trámite que se estuvieran ejecutando en la zona delimitada por las calles Paysandú, Arengreen, Martín de Gainza y Gaona. También le ordenó al gobierno de la Ciudad que se abstenga de otorgar nuevos permisos de demolición o de obra en dicho lugar. A su vez, ese mismo año la Justicia porteña condenó a la Comuna y a una empresa constructora a pagar un millón de pesos por la demolición de la Casa Millán, considerada la más antigua de Flores. En la actualidad, se presenta otro caso de similares características en Tigre. La quinta Cobo Anchorena, fue construida en 1879 por una familia perteneciente a la burguesía porteña, pero luego pasó a manos de la comisión directiva del Club Atlético Tigre, en 1949.

El año pasado, luego del surgimiento de un proyecto inmobiliario y hotelero, se comenzó a revalorizar su preservación y protección del predio. Vecinos de la zona, encabezados por la agrupación “No a la demolición”, comenzaron a hacer tratativas para evitar que se construyera un hotel en sociedad con la cadena norteamericana Howard Johnson.

La diputada porteña Teresa de Anchorena y la bonaerense Liliana Piani apoyaron a la agrupación, siendo ésta última quien presentó en la Legislatura de la Provincia un proyecto de catalogación de la casa como monumento histórico.

Piani explicó la iniciativa se presentó en enero pero que no se aprobó por falta de elementos, pero luego efectuaron el informe solicitado y tomaron las medidas tendientes a completar los requisitos faltantes.

Por otro lado, se presentó un amparo ante el tribunal del Trabajo 3 de San Isidro, al que la jueza no hizo lugar, porque entendió que no había ninguna urgencia en la cuestión. Luego solicitó a la municipalidad de Tigre que le informara si estaba autorizada la obra y la demolición.

No obstante ello y sin previo aviso, se comenzó con la destrucción de la casona. La diputada Piani decidió llamar al municipio de donde jamás recibió contestación por lo que probó llamar al juzgado, y tras explicarle la situación al secretario, la jueza ordenó frenar la demolición, aunque sólo se conservó la mitad del inmueble. Por último, la magistrada se trasladó al lugar del hecho y comprobó que no había ninguna autorización, así que es resolvió clausurar todo hasta nuevo aviso.

El comienzo de la destrucción de este predio se hizo sin permisos ni aval judicial, y se llevó a cabo sin respetar la ordenanza municipal 227/79 vigente, que establece que “toda edificación de más de 50 años es considerada zona de preservación histórica y toda modificación que se realice debe contar con la aprobación del Departamento de Urbanismo de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, quien sólo la otorgará cuando se respeten las condiciones arquitectónicas tradicionales”.

La legisladora bonaerense explicó que “cuando ocurren estas situaciones, tiene que haber un cartel que indique “obra en demolición” y el número de expediente, lo que no había en este caso”. También mencionó que evaluarán “los pasos a seguir, si se debe hacer una denuncia penal, o la posible reconstrucción de la parte afectada.”

La agrupación “No a la demolición” de la municipalidad de Tigre, expusieron a través de su espacio en la Web, que “la desprotección sistemática que sufren los bienes culturales en nuestro país, obliga a una reflexión profunda acerca de la valoración que, como sociedad, hacemos de nuestro pasado. Si entendemos a la arquitectura como ideología-construida veríamos que muchas paredes hablan de glorias y miserias de conquistas y derrotas, enfrentándonos a nosotros mismos desde el reflejo histórico, obligándonos a una actitud crítica frente a sus enunciados”.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486