24 de May de 2024
Edición 6973 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 27/05/2024

Diga "whisky", ¿qué pasa con las fotomultas?

La Dirección de Administración de Infracciones de la Ciudad recibe casi 400 mil multas de tránsito por mes. El infractor puede llevar el caso hasta la justicia Contravencional o bien optar por pagar, aunque cerca del 20 por ciento no llegan a ser exigibles. La validez de las “fotomultas” está en el centro del debate, como así también la notificación de las infracciones a través de Internet. Desde hoy, varios inspectores comenzaron a labrar multas con radares portátiles.

 
Acorde con el caos de tránsito que se vive hoy en día en las calles porteñas, el sistema de multas a los conductores que violan el Código Contravencional y de Faltas es un tema de gran complejidad en todos sus aspectos. Desde las dudas sobre la validez de las fotomultas, las notificaciones por Internet, el bajo porcentaje de infracciones finalmente sancionadas, hasta un proceso que puede pasar por la administración y llegar a la justicia ordinaria, muestran algunos de los puntos que carecen de una clara solución.

Actualmente, la Dirección de Administración de Infracciones recibe por mes casi 400 multas por violaciones menores y graves a las normas de tránsito. Sin embargo, solo el 20 por ciento de las mismas terminan siendo exigibles por ese organismo público ya sea porque están mal confeccionadas o son nulas por revestir distintos aspectos jurídicos que las tornan inválidas como el modo de notificación, la carencia de datos, etc. “Lamentablemente hay un problema de sanción, y está habiendo un dispendio económico y absurdo”, sostuvo Eduardo Bertotti, del Instituto de Seguridad y Educación Vial de Argentina (ISEV).

Del total de multas que se labran en la Ciudad, la mitad (unas 200 mil) corresponden a infracciones detectadas por radares fotográficos que se encuentran ubicados en distintos puntos de la Ciudad. Estas fotomultas son las principales protagonistas de la polémica porque hay diferentes criterios sobre su validez, aunque según las estadísticas de 2006 permitieron detectar casi de 3 millones de infracciones, de las cuales el 71 por ciento eran faltas leves y el 29 por ciento graves.

“Todo medio que permita presumir la infracción es válido”, aseguró el director de la Administración de Infracciones porteña, Ricardo Morato, en defensa de las fotomultas. En cambio, para el abogado Víctor Varone, que en su estudio jurídico tiene un servicio de defensa de multas, sostiene que los radares no son válidos “si no están aprobados”. Por su parte, el titular del ISEV dijo que son procedentes pero que “habría que tratar de notificar en el momento” la infracción al conductor.

Existen 29 tipos de infracciones por las cuales se pueden recibir las fotomultas, que van desde estacionar en lugares prohibidos, cruzar el semáforo en rojo hasta circular a exceso de velocidad. Así, las principales críticas a este sistema se centran en la imposibilidad de interrumpir la falta al momento de la comprobación, identificar al autor material de la infracción y de constatar el estado psicofísico del conductor.

Otro punto importante para la validez de la multa es la forma de notificación. Actualmente, en el sitio web del Gobierno de la Ciudad existe la posibilidad de que cualquier persona pueda consultar si tiene pendiente alguna infracción de tránsito, pero esto de ninguna manera funciona como aviso de la multa. “Cumple una función meramente informativa para el usuario”, explicó el abogado Varone. De esta manera, la única posibilidad es que el infractor sea notificado en el momento o posteriormente por nota en su domicilio. “El único domicilio válido es el que consigna el título del automotor, es decir, el registral”, agrega Varone.

Sobre los pasos a seguir ante la notificación de una multa, el infractor tiene dos posibilidades: pagar, con un 30 por ciento de descuento dentro del mes del aviso, o recurrir a la etapa administrativa. Ante la disconformidad con la sanción, la persona tiene un plazo de quince días hábiles para defenderse y proponer las pruebas que estime oportunas presentando un descargo ante la Administración de Infracciones. Si este organismo de gobierno confirma la multa, le quedará al infractor dirigirse a la Justicia Contravencional para que dé una solución definitiva.

Respecto a la defensa de multas que ofrece el estudio Iezzi&Varone, Varone explicó que “se trata de un sistema de asistencia y asesoramiento para los infractores analizando cada multa, las circunstancias de tiempo y modo de su confección, determinando si estas son válidas, y según el caso asistiendo al contraventor en el descargo a realizar”.

En cuanto a la prescripción de la multa, el tiempo es de un año para las leves y dos años para las graves, como cruzar un semáforo en rojo o no respetar la velocidad máxima. Sobre esta categoría de infracciones, desde hoy, los inspectores porteños comenzaron a utilizar un radar portátil y una computadora personal que permitirá registrar y remitir más rápidamente las infracciones.

dju / dju
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