10 de May de 2024
Edición 6963 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/05/2024

Habrá guardias judiciales para casos urgentes

Lo dispuso la Suprema Corte bonaerense. El servicio estará a cargo de los juzgados de turno y servirá para tratar casos de violencia familiar, internaciones por cuadros de desequilibrios mentales y ablaciones de órganos, entre otras cosas. Todos tendrán teléfonos celulares y los números serán publicados en la página web del Máximo Tribunal.

 
Mediante el Acuerdo 3295, la Suprema Corte bonaerense dispuso implementar un servicio de guardias judiciales, fuera del horario de atención al público, para tratar casos de violencia familiar, internaciones por cuadros de desequilibrios mentales y ablaciones de órganos entre otras situaciones que requieren una urgente intervención judicial. El servicio estará a cargo de los jueces de turno y funcionará todos los días del año.

El acuerdo dispone que las guardias se brindarán en cada uno de los 18 departamentos judiciales de la provincia, en los fueros Penal, de Menores, de Familia y de Paz, como así también en los juzgados en lo Civil y Familiar (en las jurisdicciones en las que aún no están implementados los tribunales de Familia).

“Las causas iniciadas fuera del horario de atención de las Receptorías Generales de Expedientes ingresarán directamente al órgano a cargo de la guardia, el que deberá remitir el expediente dentro de las 24 horas de su formación a la Receptoría departamental. Esta dependencia deberá verificar la existencia de antecedentes e informarlos en su caso al órgano interviniente”, explica el acuerdo.

En los fundamentos del mismo, se advierte también que hay “dificultades que atraviesan determinados grupos de personas en situaciones de especial vulnerabilidad por lo que es necesario arbitrar medidas, desde la prestación del servicio de justicia, que se avengan con la urgencia que conlleva este tipo de pretensiones y que incluso atiendan las particularidades que se derivan de su condición singular”. El tribunal también recordó el Acuerdo 2545 (que regula el funcionamiento de guardias judiciales para los fueros penal y de menores y quedó derogado ahora), pero sostuvo que esa norma “requiere su adecuación y ampliación a la luz de los cambios legislativos que se produjeron con posterioridad a su dictado”.

A los efectos de una rápida localización, los organismos a cargo de las guardias recibirán un equipo de telefonía celular, “en caso de que a la fecha del dictado del presente no cuenten con el mismo”. “Los teléfonos deberán mantenerse disponibles en todo momento y entregarse al que deba atender el siguiente servicio de guardia”, dice el punto cuatro de la resolución aprobada este miércoles. Los números asignados serán publicados en la página web de la Suprema Corte.

Por último, la Suprema Corte dispuso que los presidentes de las Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal de cada departamento judicial, para los órganos del citado fuero y del de menores, ejerzan el control del debido funcionamiento de las guardias. “Los Presidentes de las Cámaras de Apelación en lo Civil y Comercial cumplirán idéntica función con relación a los Tribunales de Familia o Juzgados en lo Civil y Comercial según el caso. Por último en el departamento judicial La Plata lo hará la Cámara Civil y Comercial en turno”, agrega el acuerdo, que regirá a partir de la fecha de su notificación.



dju / dju
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